COVID-19: Gobierno deja sin efecto las restricciones y negocios podrán tener un aforo del 100 %
Así lo dispuso a través del Decreto Supremo 016-2022, donde también se amplia el estado de emergencia nacional por 32 días.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Cofopri reveló requisitos para tener título de propiedad tras ocupar terreno por más de 10 años
- Confirmado | Minsa ordena el retiro urgente de estas famosas fórmulas infantiles por ser un peligro para la salud

El Gobierno tomó la decisión de dejar sin efecto las restricciones para todos los negocios y dispuso la habilitación de los aforos al 100 %, además de la ampliación del estado de emergencia por la pandemia de la COVID-19 a 32 días, la cual regirá desde este lunes 28 de febrero.
PUEDES VER: Ministro Hernán Condori planteará en Consejo de Ministros el aforo al 100% en espacios cerrados
Así lo señala el Decreto Supremo 016-2022, aprobado este último viernes 25 de febrero, donde ya no se contempla las restricciones de aforo ni toque de queda a nivel nacional. La norma leva las firmas del presidente Pedro Castillo, el presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, el ministro de Salud Hernán Condori y los demás integrantes del gabinete ministerial.
Sin embargo, disposición aún mantiene como algo obligatorio el uso de mascarillas y la presentación del carné de vacunación para ingresar a los conglomerados acreditando contar con las dos dosis contra el coronavirus. “Toda persona que realice actividad laboral presencial, debe acreditar su esquema completo de vacunación contra la COVID-19, siendo válidas las vacunas administradas tanto en el Perú como en el extranjero”, indica la Resolución.
¿Qué conglomerados podrán tener el aforo al 100 %?
- Tiendas en general, centros comerciales, galerías, conglomerados y tiendas por departamento
- Tiendas de abastecimiento de productos básicos, supermercados, mercados, bodegas y farmacias
- Playas abiertas
- Restaurantes y afines cuyas áreas de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas
- Restaurantes y afines cuyas áreas de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas
- Casinos y tragamonedas
- Cines y artes escénicas
- Templos y lugares de culto
- Bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas
- Bancos y otras entidades financieras
- Eventos empresariales y profesionales
- Peluquería y barbería
- Spa, baños turcos, sauna, baños termales
- Coliseos
- Gimnasios
PUEDES VER: Ministro Hernán Condori sobre retiro del uso de mascarillas: “Debemos tener mucho cuidado”
Por otro lado, según precisa la Resolución Suprema, las reuniones sociales, los desfiles, las fiestas patronales, eventos, entre otros que impliquen la concentración o aglomeración de personas seguirá estando prohibido. No obstante, se exceptúa de esta última medida las ceremonias de carácter castrense y policial, las cuales deben llevarse a cabo cumpliendo con las disposiciones sanitarias correspondientes.
Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.







