Telefónica y Claro (América Móvil) perdieron en primera instancia contra Win (Wi-Net Telecom S.A.C) por el caso de supuestos actos de denigración para las dos primeras en mención. La denuncia se debe a un comercial realizado por Win en donde las otras compañías creen que se refirieron a ellas de manera negativa.
En lo que corresponde al caso materia de la resolución, Win elaboró una campaña publicitaria en redes en la cual utilizaba “imágenes de una ‘rata’ y frases destacadas como ‘sigue fallando como siempre’, ‘decían que era fibra’ y ‘ay no, ya nos metieron la ra… pido, cámbiate a Win’”.
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Todo se debe a la publicidad realizada por Win, esto generó que Telefónica y América Móvil denunciasen a esta empresa ante el Indecopi por supuestos actos de engaño, denigración y comparación indebida. Después de esa decisión, los dos casos fueron agregados ante el Indecopi, por lo que ahora han sido resueltos de manera conjunta.
De acuerdo con lo indicado por Telefónica la publicidad de Win daba el mensaje “de que las empresas que brindan el servicio de internet a través de fibra óptica, como Telefónica, estarían engañando a los consumidores”. Además, la empresa manifestó que el anuncio hacía referencia a ellos ya que, a junio de 2022, contaría con la mayor cantidad de usuarios en el mercado peruano.
Además de ello, América Móvil confirmpo que existiría una evidente referencia inequívoca a su oferta comercial, que resultaba ser ilícita “por no contar con información verdadera y objetiva, ni ser pertinente en la forma, pues las frases de la campaña publicitaria de Win darían a entender, por lo menos, que el servicio de internet de fibra óptica del agente sería defectuoso”.
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Indecopi señaló “que no resulta fácilmente advertible por los consumidores que la publicidad de Win resulte alusiva inequívocamente a un operador u operadores o a su oferta en concreto”.
Asimismo, Carlos Rodas, quien sustentó el informe oral y la defensa de Win, argumentó que “el Indecopi analizó la estructura del mercado de fibra óptica y destacó que existen una gran cantidad de ofertas más allá de las involucradas en el caso, por lo que no observó que haya una alusión directa a alguna oferta por parte de los consumidores”.
Además, Rodas agregó: “Como no hay una alusión real no es viable que el consumidor diga se está atacando a tal empresa”.
“Las dos partes denunciantes hicieron entrevistas para preguntar a la población a quien creían que hacía referencia la publicidad y ambas dieron respuestas distintas. Ambas dicen “me alude a mí” y eso demuestra cómo la publicidad es muy abstracta para realmente aludir a una empresa en particular. Cuando se acumularon las dos denuncias esto quedó aún más claro”, puntualizó el abogado.
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.