Impuesto a la Renta: 7 consejos para tener un cierre de año contable exitoso
Si tienes una empresa o negocio y quieres evitar problemas con la Sunat, presta atención a las siguientes claves sobre los impuestos a la renta.
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Estando próximos al cierre del año 2018 es preciso que las empresas dispongan la preparación de sus estados financieros anuales. A partir de ello, se deberá formular el cálculo del impuesto a la renta anual 2018 y presentarse ante la SUNAT en marzo del 2019.
“La determinación del Impuesto a la Renta anual toma como insumo la información de los estados financieros de la empresa. Sin embargo, las normas tributarias exigen la realización de una serie de controles, límites y ajustes que deben formularse a la base del cálculo del impuesto” comenta Renzo Medina, consultor principal de MC Asesores de Negocios.
Estos controles, límites y ajustes tienen por finalidad que los ingresos considerados en el cálculo sean, efectivamente, gravados con el impuesto y que los gastos considerados sean realmente deducibles.
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Si bien la determinación del impuesto toma como punto de partida los resultados financieros que constan en la contabilidad de la empresa, existen una serie de aspectos legales que deben tomarse en consideración, y el equipo de MC Asesores de Negocios brinda unos consejos para tener un cierre de año contable exitoso:
1. Ingresos devengados
El impuesto a la renta grava los ingresos efectivamente devengados en el año, es decir, aquellos sobre las cuales la empresa ya tiene derecho. Es por ello, que es preciso revisar los contratos y operaciones de la empresa, y verificar si corresponde o no considerar los importes cobrados en el cálculo del Impuesto a la Renta 2018.
2. Exoneraciones
Existen algunas partidas que, a pesar de ser consideradas como ingresos para fines contables, no se encuentran gravadas con el impuesto a la renta. Este es el caso de las rentas exoneradas.
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3. Causalidad de gastos
Los gastos deducibles reducen la base imponible del impuesto a la renta. Sin embargo, sólo serán admitidos aquellos gastos que se relacionen con la generación de rentas en la empresa, o con la protección de la fuente productora de su riqueza.
4. Límites máximos deducibles
La Ley del Impuesto a la Renta establece una serie de limitaciones para determinados gastos. Tal es el caso de los gastos de representación, vehículos, gastos de viaje, entre otros. Dichos gastos no serán deducibles en su integridad, por lo que corresponde efectuar los controles debidos.
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5. Comprobantes de Pago
Los gastos que no se encuentren respaldados en comprobantes de pago (facturas, recibos por honorarios u otros autorizados) no podrán ser considerados como deducciones.
6. Uso de medios de pago
Las normas sobre bancarización exigen que las obligaciones de la empresa cuyos montos sean de S/ 3,500 o US$ 1,000, en adelante, deberán pagarse en uso de “medios de pago”, que no son otra cosa que pagos por vía bancaria. Caso contrario, el gasto asociado a dichos desembolsos no será tributariamente deducible.
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7. Documentación sustentatoria
Todas las operaciones de la empresa deben estar documentadas, caso contrario, las mismas no tendrán reconocimiento tributario. Por ejemplo, si la empresa contrata lo servicios de un profesional independiente, deberá existir documentación adicional de sustento que acredite la realidad de la operación.
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