Coronavirus: España declara estado de alarma en Madrid para frenar el rebrote de la COVID-19
El estado de alarma en Madrid anunciado por el Gobierno de España durará un periodo de 15 días.
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El Consejo de Ministros extraordinario decretó estado de alarma en Madrid por un periodo de 15 días a pedido de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno de España, con el objetivo de frenar el rebrote de coronavirus.
Según informó el diario español “El País”, Pedro Sánchez se comunicó con la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, para notificarle la decisión tomada por el consejo sobre el estado de alarma. La gobernadora le habría pedido tiempo al jefe de Estado, sin embargo, él le confirmó que el decreto estaba siendo anunciado por la reunión ministerial.
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Sánchez le expreso a la presidenta madrileña que le había otorgado el tiempo para evitar esta drástica medida, incluso retrasó la reunión pactada con el Consejo de las 8.30, la primera convocatoria, a las 12.00 para dar margen a Madrid a contestar. No obstante, la reunión del Gabinete ya había comenzado y Ayuso no se había pronunciado, así lo explicó el medio citado.
¿Qué es el estado de alarma?
“La declaración del estado de alarma se lleva a cabo mediante decreto acordado en Consejo de Ministros. La ley señala que ese decreto tiene que determinar el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no podrá exceder de quince días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados, que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga”, indicó el medio ABC sobre el decretó impuesto este viernes por el Gobierno de España.
¿Cómo afecta a los ciudadanos el estado de alarma en Madrid?
El estado de alarma implica la restricción de la circulación, como ocurre en la medida actual para detener la expansión del COVID-19. Está prohibido salir de las casas excepto en ocho supuestos, pero en ningún caso está autorizado salir por motivos de ocio.
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¿Cuáles serás las medidas tomadas durante el estado de alarma?
Durante el decreto del estado de alarma en Madrid se van a prohibir las siguientes actividades:
a) Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
b) Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
c) Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios de los centros de producción.
d) Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
e) Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
FUENTE: ABC