Te explicamos cómo solicitar el desembolso de S/ 19 mil 800 soles en Hábitat. Los aportantes que pertenezcan a la administradora de fondos de pensiones Hábitat, tendrán la oportunidad de efectuar el retiro de cierta cantidad de dinero de sus ahorros. El Congreso de la República es el que plantea los proyectos en beneficio de miles de afiliados que se encuentran a la espera de la ejecución.
A continuación te daremos a conocer cómo puedes realizar el retiro de AFP que puede llegar al monto de S/. 19 mil 800 soles, entre otros detalles relacionados.
Dentro de la nota:
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Los afiliados a la administradora de fondo de pensiones Hábitat, una vez que se terminen de ajustar los detalles del proyecto por parte del Estado, podrán solicitar el retiro de cierta cantidad de sus ahorros de la siguiente forma:
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La ley faculta al Poder Ejecutivo a reglamentar la ley en un plazo de 90 días, esto indicaría que el proyecto se estaría llevando a cabo en abril.
Aunque se tienen que confirmar ciertos puntos para que esta ley no llegue a afectar al aportante ni al sistema financiero del país.
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La norma señala que la pensión mínima permitirá a cada afiliado fijar una meta de ahorro previsional para la administración de su cuenta individual de capitalización.
Cuando un ciudadano inicie la vida laboral en la formalidad, una persona puede decidir si se afilia al Sistema Privado de Pensiones (SPP) o Sistema Nacional de Pensiones (SNP).
En el caso de optar por el SPP, en el Perú existen cuatro administradoras de pensiones: AFP Integra, AFP Prima, AFP Hábitat y Profuturo.
Cada mes, el trabajador tiene un descuento en su sueldo, alrededor del 13%. El 10% es destinado al fondo de pensiones y el resto a pago de comisiones y prima de seguros.
Lo que indica la ley es que este nuevo retiro tendrá una modalidad no obligatoria, por ende, será de manera voluntaria para el aportante.
El valor de dicha pensión mínima no debe ser menor a la canasta básica de consumo (S/. 378) determinada por el INEI, con este valor se podrá determinar el saldo mínimo de jubilación que se constituyen por los aportes obligatorios y voluntarios que el afiliado haya realizado a su AFP, de igual manera la rentabilidad generada.
Hay que tener en cuenta dos puntos con respecto a esta norma:
1.- No anula la posibilidad de seguir aportando a su AFP una vez alcanzado el saldo mínimo de jubilación.
2.- Podrán decidir sobre el excedente que se acumule a dicho saldo: la ley advierte que el monto será de libre disponibilidad, esto se debe a que será depositado a la cuenta de ahorros sin un fin previsional. Esto permitirá al afiliado emitir garantías negociables.
La ley aún no queda claro si se refieren al monto de la canasta básica individual o familiar.
Otro punto para aclarar es la densidad de cotización que debería tener el aportante para poder aplicar al mecanismo, esta situación es algo importante, ya que las aportaciones no suelen ser regulares en el tiempo.
Por otro lado, el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras, señala que esta ley tiene muchos defectos en su origen, por lo que se estaría trabajando en su reglamentación y/o ajustes de la norma, descartando que esta medida pueda causar un impacto significativo o afectar la inversión del país.
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Las Administradoras de Fondos y Pensiones (AFP) son entidades del sector privado que son fiscalizadas por el Estado que invierten dinero de los trabajadores con el objetivo de hacerlo crecer.
Al terminar su vida laboral, los trabajadores podrán retirar este dinero ahorrado, con tal de recibir una pensión mensual. Actualmente en el Perú existen 4: AFP Hábitat, AFP Integra, AFP Prima y Profuturo.
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.