
En un fallo que marca un precedente en la protección de la fauna marina en Perú, el Poder Judicial ha dictado seis meses de prisión efectiva para un pescador que agredió brutalmente a un lobo marino dentro de la Reserva Nacional de Paracas. Esta sentencia no solo castiga el acto cometido, sino que también refuerza el compromiso del Estado con la preservación del patrimonio natural y el bienestar animal.

LEE TAMBIÉN: Lanzaron una vaca a las profundidades del mar de China: científicos querían simular el hundimiento de una ballena
El hecho se remonta al 22 de julio de 2025, cuando Alejandro Villa, un pescador que se encontraba en plena faena, golpeó repetidamente con objetos contundentes a un lobo marino que había subido a la embarcación. Tras la agresión, el animal fue arrojado al mar, según determinó la investigación de la Segunda Fiscalía Provincial Corporativa de Pisco.
Lo sucedido fue captado en video por un guardaparques del Sernanp (Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado), quien logró registrar la escena y convertirla en una prueba clave dentro del proceso penal.

CONOCE MÁS: Vecinos de SURCO denuncian envenenamiento MASIVO de perros en parque: “Solo olfatearon el pasto y MURIERON”
La fiscal adjunta provincial Rocío Aréstegui Ventura dirigió la investigación que permitió recopilar pruebas contundentes:
Estas evidencias llevaron al Poder Judicial a dictar una sentencia ejemplar por el delito contra el patrimonio, en la modalidad de actos de crueldad contra animales domésticos y silvestres, en agravio de la sociedad.
Además de la reclusión efectiva por seis meses, el fallo incluye una serie de medidas complementarias:
Esta última medida fue determinada “en atención al contexto del hecho, ocurrido dentro de un área natural protegida”, una decisión que refuerza la defensa del ecosistema marino y el respeto por los derechos de los animales.
Si bien se inició una investigación preliminar contra seis pescadores, solo uno fue identificado con responsabilidad penal directa: Alejandro Villa. El mensaje es claro: la crueldad animal no quedará impune, especialmente cuando ocurre dentro de espacios protegidos por el Estado.
Este fallo demuestra que las leyes ambientales en Perú están evolucionando y que la sociedad exige una convivencia respetuosa con la vida silvestre.
Sobre este punto, el abogado Gabriel Galán Paiva explicó a Diario El Popular que la Ley N.º 30407, conocida como Ley de Protección y Bienestar Animal, incorporó el artículo 206-A al Código Penal, el cual establece penas severas:
“A partir de la promulgación de la ley 30407 se incorpora al Código Penal el Art. 206-A que castiga con una pena máxima de 5 años de pena privativa de libertad”.
Además, detalla qué se considera legalmente como maltrato animal:
“La ley 30407 en su capítulo VI precisa, establece y conceptúa todas las acciones que son consideradas como maltrato animal tales como el abandono, utilización de animales en espectáculos; la tenencia, caza, captura, crianza, compraventa de animales para consumo humano de especies no definidas como animales de granja; la promoción, realización y consentimiento de peleas de animales, etc. En resumen, todo aquello que pueda generar sufrimiento innecesario o muerte innecesaria de animales en general”.
Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.