¡Toma nota! Tras aceptar los delitos de secuestro y abuso sexual a una menor de 3 años de edad en Chiclayo, Juan Antonio Enríquez García (48), recibió una pena privativa de 9 meses, misma que deberá purgar en el penal de Pisci, mientras se llevan a cabo las investigaciones correspondientes. Asimismo, la pena definitiva se encuentra en manos del Poder Judicial, aunque la pena de muerte, requerida por los peruanos, no está en el Código Penal del Perú.
Según el artículo 173 del Código Penal, la sanción para este caso en menores de 7 años de edad, solo podría darse con cadena perpetua. “El que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos primeras vías, con un menor de edad, será reprimido con las siguientes penas privativas de la libertad”, manifesta la ley.
“Si la víctima tiene menos de siete años, la pena será cadena perpetua [...] Si la víctima tiene de siete años a menos de diez, la pena será no menor de veinticinco ni mayor de treinta años. 3. Si la víctima tiene de diez años a menos de catorce, la pena será no menor de veinte ni mayor de veinticinco años”, acotaron.
Hasta el momento se sabe que la niña se encuentra internada en el Hospital Almanzor Anguinaga Asenjo del Seguro Social de Salud, donde los padres esperan su restablecimiento tras haber pasado por una intervención quirúrgica. “Queremos que sea derivada a un hospital de la capital para que la observen otros especialistas”, mencionó el progenitor a La República.
“Exigimos la máxima sanción penal contra agresor de niña de tres años [...] Apenas tomamos conocimiento del caso, intervinimos con el objetivo de supervisar la actuación de las instituciones competentes en investigar y sancionar este grave y condenable hecho” señalaron en Twitter.
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