El Ministerio de Salud aprobó el protocolo que se tendrá que realizar de forma obligatoria a partir de ahora con los fallecidos infectados de COVID-19, señalando que únicamente podrán despedirse dos familiares.
Una directiva aprobada por el Minsa señaló que antes de proceder a la preparación y traslado del cadáver se permitirá el acceso a una distancia no menor de dos metros lineales como apoyo del duelo.
La norma especifica que no habrá acceso si ello significa peligro para los familiares o el personal de salud. Asimismo, bajo ningún supuesto los familiares podrán tener contacto físico con el fallecido, ni con las superficies y otros enseres del entorno que están contaminados.
El personal de salud que realice el manejo o preparación del cadáver en la sala de aislamiento o unidades de cuidados intensivos deberá contar con las herramientas necesarias para su protección personal.
Asimismo, la directiva establece que el mortuorio de un establecimiento de salud, vivienda o lugar de destino, el cadáver no deberá permanecer por más de 24 horas, debiendo ser colocado en una bolsa impermeable resistente y de cierre hermético.
Si la persona fallecida cuenta con seguro de salud, el financiamiento para su cremación será asumido por la institución administradora de fondos de aseguramiento pública o privada.
Luego, se hará entrega de las cenizas a los deudos que así lo soliciten, los cuales tendrán acceso a las mismas solo hasta 24 horas posteriores a la cremación.
El cadáver estará dentro de una bolsa y será colocado en un ataúd o féretro, el cual no será abierto por ningún motivo. Posteriormente será trasladado de manera directa al cementerio de la jurisdicción distrital o provincial para la inhumación correspondiente. El velorio está terminantemente prohibido.
El objetivo de la Directiva Sanitaria es establecer las pautas a seguir para el manejo de cadáveres cuya defunción haya sido por COVID-19, de esta forma se pide que no se debe trasladar el cuerpo fuera de la provincia donde ocurrió el fallecimiento.