El Vaticano. El Papa Francisco aprobó una reforma sobre la nulidad matrimonial que ahora será un “proceso breve y gratuito”.
“Cuánta gente espera años una sentencia o tiene que viajar kilómetros y perder tiempo”, lamentaba el Papa.
DESDE FIN DE AÑO
Por ello, se publicaron los dos motu proprio (documentos vaticanos) que entrará en vigor el 8 de diciembre.
Una de las novedades es un proceso breve para conseguir la nulidad si los dos cónyuges están de acuerdo y los requisitos se cumplen.
La reforma da potestad al obispo de la diócesis local para que se encargue de juzgar los casos o que nombre un juez.
PRIMERA AUDIENCIA
El plazo para la primera audiencia, que puede ser la última si las dos partes están de acuerdo, será de 30 días desde que se presente la petición y se podrán requerir otros 15 días si falta algún documento.
Para acelerar la sentencia otra de las novedades es una sola sentencia a favor de la nulidad “y que no sea necesaria una doble decisión”.
en mes y medio
Es decir, con las reformas el proceso que antes tardaba entre seis meses y un año, podría reducirse a 45 días.
El Papa insta a que, tras la retribución de los empleados del tribunal, “se garantice el trámite gratuito”.
Las modificaciones pueden facilitarles a muchos divorciados casarse nuevamente por la iglesia. Sin embargo, los católicos que no consigan la nulidad y se vuelvan a casar por civil siguen unidos a su primera pareja y viven bajo pecado con su segundo compromiso.
ALGUNAS DE LAS CASUALES
Entre los argumentos la nueva ley señala: falta de fe por simulación del consenso, brevedad de convivencia, aborto para impedir procreación, permanencia de relación extraconyugal, ocultar esterilidad o grave enfermedad contagiosa, ocultar hijos nacidos en una anterior relación, etc.
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