Poder Judicial ordenó la captura a nivel nacional e internacional del ex alcalde de Breña

El Poder Judicial de Lima condenó a ocho años de cárcel al ex alcalde de la municipalidad de Breña Ángel Wu Huapaya por cometer irregularidades en su gestión.

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El ex alcalde de la municipalidad de Breña Ángel Wu Huapaya se encuentra prófugo de la justicia
El ex alcalde de la municipalidad de Breña Ángel Wu Huapaya se encuentra prófugo de la justiciaCrédito: Archivo

El Tercer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó la ubicación y captura nacional e internacional del ex alcalde de la municipalidad de Breña, Ángel Wu Huapaya, por coludirse con sus ex funcionarios municipales y un proveedor para favorecer a una empresa, para la recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos del distrito.

El juez, William Lugo Villafana dispuso esta medida, luego de dictar una condena de 8 años de pena privativa de la libertad contra al ex burgomaestre, tras ser hallado culpable por los delitos de negociación incompatible y peculado.

Además, fueron condenados los ex funcionarios Sergio Marcelino Medina Valencia y Richard Loza Romero en calidad de autores y el empresario Juan Clímaco Miranda Carbajal en calidad de cómplice del mismo delito, quienes deberán pagar 631,040.78 soles de reparación civil a favor del Estado.

Mientras que el ex funcionario Oscar Zúñiga Ubierna, fue condenado a cuatro años de pena privativa de la libertad y al pago de 25 mil soles de reparación civil, por el delito de negociación ilícita y se le impuso varias reglas de conducta.

Al ex burgomaestre Ángel Alejandro Wu Huapaya, se le imputa en su condición de alcalde, de autorizar y tomar conocimiento de la prestación del servicio de recolección, transporte y disposición final de residuos sólidos en el período del 23 de enero al 18 de marzo del 2015, así como, suscribió una Resolución el 31 de marzo del 2015, mediante la cual se resuelve reconocer la deuda por el monto de 481,040.78 soles a favor de la empresa Consorcio TRANSMIR.

Agrega, que en dicha acción favoreció de manera directa e indebida al proveedor, ya que tenía pleno conocimiento que el servicio había sido prestado sin la correspondiente realización del proceso de selección o suscripción del contrato, lo que contravenía la Ley de Contrataciones y adquisiciones del Estado; pese a ello dispuso el reconocimiento de la deuda y su cancelación mediante la emisión de la resolución mencionada.

La resolución señala, que se determinó "que los condenados han vulnerado el bien jurídico de la correcta Administración Pública, en su línea de imparcialidad las contrataciones públicas, evidenciándose una afectación a los deberes funcionales respecto a la ejecución de los servicios de recojo se residuos sólidos; así como permitieron el reconocimiento de deuda de más de 580,000 soles en perjuicio de la municipalidad de Breña".

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