Gobierno amplía trabajo remoto hasta el 31 de diciembre del 2022
La ampliación se da para los trabajadores del sector público y privado ante una eventual tercera ola de la COVID-19.
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El Gobierno de Pedro Castillo dispuso prorrogar la vigencia del trabajo remoto para el sector público y privado hasta el 31 de diciembre del 2022 ante el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de la COVID-19 y con el fin de evitar que las personas que están en trabajo remoto queden desprotegidas.
A través del Decreto de Urgencia Nº 115-2021, publicado hoy en el diario oficial El Peruano, se prolonga las medidas establecidas para la compensación de horas en los casos de licencia con goce de remuneraciones otorgada a los servidores civiles de las entidades públicas.
Con esta ampliación del Título II del Decreto de Urgencia N° 026-2020 establece diversas medidas excepcionales y temporales para prevenir la propagación del coronavirus en el territorio nacional aplicada de manera obligatoria a los trabajadores considerados en el grupo de riesgo durante la emergencia sanitaria.
Asimismo, el Ejecutivo argumenta que esta ampliación se da ante una posible tercera ola en el país por el aumento de COVID-19, y ante la aparición de la nueva variante ómicron que ya se ha elevado a 156 casos a nivel nacional.
El decreto de urgencia precisa que las medidas aplicables al trabajo remoto constituyen a regulaciones en materia económica y financiera, así como el incrementar la productividad laboral y a reducir los riesgos para la preservación de la relación laboral y la sostenibilidad empresarial garantizando el derecho a la salud de los trabajadores del sector público y privado.
La ampliación del trabajo remoto resalta que se continuará con la prestación de los servicios públicos a la ciudadanía y se habilitará a las Oficinas de Recursos a seguir con las medidas extraordinarias en esta materia que se iniciaron ante la llegada de la COVID-19. Asimismo, se podrá asignar nuevas funciones o variar las funciones ya asignadas a sus servidores civiles, indistintamente de su régimen laboral, según la necesidad del servicio y teniendo en cuenta su perfil profesional y/o experiencia laboral.
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