Minsa: carné de vacunación no es obligatorio en hospitales, farmacias y bodegas

Funcionario del Ministerio de Salud aclaró que a los usuarios de estos servicios se les debe atender con normalidad aun si no tienen el carné de vacunación.

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Carné de vacunación es obligatorio desde hoy para ingresar a supermercados.
Carné de vacunación es obligatorio desde hoy para ingresar a supermercados.Fuente: GLR - Crédito: CARLOS CONTRERAS MERINO

El director general de intervenciones estratégicas en Salud Pública del Minsa, Alexis Holguín Ruiz, manifestó que los usuarios de los hospitales, farmacias y bodegas no tienen la obligación de presentar el carné de doble vacunación contra el COVID-19. Esto en el marco de la ley que se aplica desde hoy viernes para ingresar a espacios cerrados.

“Algo importante es que en el grupo de espacios cerrados no se considera a los hospitales, farmacias y bodegas. En el caso de farmacias y hospitales, por la emergencia, uno no podría llevar el carné y no por eso se les tiene que negar la atención”, señaló el funcionario en diálogo con Exitosa.

Asimismo, reiteró sobre lo dicho ayer por la Autoridad de Transporte Urbano de Lima y Callao (ATU) acerca de la tolerancia que habrá para no presentar el carné de vacunación en el transporte público. Subrayó que solo se exigirá esta credencial a los choferes y cobradores.

“En el transporte público urbano solo se le pedirá el registro de vacunación al conductor y cobrador“, resaltó Alexis Holguín.

¿Qué pasará con los trabajadores que no cuenten con las dosis completas de la vacuna?

Según el decreto Nº 179-2021-PCM, el Ministerio de Salud junto con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrán establecer supuestos de excepción y disposiciones complementarias, pero el ministro de Salud, Hernando Cevallos indicó que en el caso de los trabajadores del sector público que no cuenten con las dos dosis no podrán ingresar a laborar.

Cabe resaltar que esto está dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 055-2021 y las disposiciones complementarias que emita el Minsa en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil.

Asimismo, Cevallos expresó que la suspensión del contrato de trabajo expuesto en el decreto será temporal, hasta que el trabajador complete su vacunación.

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