Excelentes noticias para migrantes: El beneficio del Uscis que evita las entrevistas en los trámites de Green Card
La agencia federal está eliminando el requisito de entrevistas para los solicitantes de la Green Card que cumplen con algunas condiciones.
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Cuando los inmigrantes solicitan la residencia permanente, o green card, para poder vivir y trabajar en Estados Unidos, saben que deben atravesar por una entrevista con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis). No obstante, según las políticas de la agencia, hay un beneficio que permite a ciertos solicitantes evitar este indispensable requisito, pero deberán de cumplir algunas condiciones.
¿Quiénes pueden evitar la entrevista al tramitar la green card?
Debido a una norma general, los oficiales del Uscis entrevistan a casi todos los solicitantes de Ajuste de Estatus (I-485), que forma parte del proceso para verificar su identidad, también para comprobar la información y cumplir con ciertos requisitos.
Cuando deciden que se exime la entrevista, el oficial tiene que considerar toda la evidencia relevante en el expediente del solicitante. Debes saber que esto no implica una aprobación más rápida, ni automática, sino que elimina el paso presencial, pero el expediente debe ser suficiente. A continuación, te diremos a quienes aplica la exención de entrevista para la Green Card:
- Hijos solteros (menores de 21 años de edad) de ciudadanos estadounidenses sí presentaron un Formulario I-485 por su cuenta (o lo hicieron junto con las solicitudes de ajuste de su familia y todos los peticionarios de esa familia son elegibles para una exención de entrevista).
- Padres de ciudadanos estadounidenses.
- Hijos solteros (menores de 14 años de edad) de residentes permanentes legales si presentaron un Formulario I-485 por su cuenta (o lo hicieron junto con las solicitudes de ajuste de su familia y cada solicitante de esa familia es elegible para una exención de entrevista).
Ten en cuenta que es necesario destacar que, si el Uscis establece que es necesario una entrevista para un solicitante en cualquiera de las categorías antes mencionada, un funcionario lo realizará, pero se puede aplicar esta exención:
- Solicitantes de personal militar: se puede eximir la comparecencia personal del cónyuge militar solicitante; sin embargo, el solicitante de ajuste debe presentarse a una entrevista.
- Peticionarios encarcelados: se puede eximir la comparecencia personal de un cónyuge estadounidense peticionario que esté encarcelado y no pueda asistir a la entrevista de ajuste de estatus. En estos casos, el solicitante debe presentarse a la entrevista.
- Enfermedad o incapacidad: un funcionario puede encontrarse con casos en los que sea apropiado prescindir de la comparecencia personal de un solicitante o peticionario debido a enfermedad o incapacidad. En todos estos casos, el funcionario debe obtener la aprobación de su supervisor para prescindir de la entrevista.
Licenciada en Periodismo, con conocimientos como Analista Digital y experiencia en Marketing Digital. Amante de la actualidad, sociedad y tendencias de salud y livestyle.













