¡Atención, indocumentados! Conoce cuáles son las NOVEDADES de la "ley de los 10 años" hasta agosto de 2025
Las leyes de EE.UU. incluyen una regla muy conocida que penaliza a quienes se quedan de manera ilegal en el país por más tiempo de lo establecido.
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Pocos lo saben, pero la ley de inmigración en Estados Unidos posee diversos aspectos sobre la presencia ilegal en el país, esto incluye una regla conocida como el "castigo de los 10 años", que establece que cualquier persona que haya acumulado más de un año de presencia ilegal en el país y luego se vaya tendrá prohibido el reingreso durante una década.
Cabe mencionar que esta ley afecta principalmente a aquellas personas deportadas o que estén buscando regularizar su estatus. Hasta el mes de agosto del 2025, te diremos cuáles han sido sus actualizaciones.
¿Cuáles son las actualizaciones de la "ley de los 10 años" hasta agosto 2025?
En medio de las duras políticas de Donald Trump contra la inmigración ilegal, esta norma sobresale pues indica que una persona será declarada inadmisible con base a la acumulación de presencia ilegal en el país. En este 2025, se establece que el plazo comenzará a contar desde el momento en el que la persona saldrá de EE.UU. de manera voluntaria o por deportación.
Si la persona intenta regresar a Estados Unidos antes de que termine el lapso, la condición de inadmisibilidad volverá a aplicarse, salvo que califique para una exención.
El artículo 212(a)(9)(B)(i)(II) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés) indica que si un extranjero, que no es residente permanente legal y que no aplica para una excepción, puede ser inadmisible si:
- Acumuló un año o más de presencia ilegal durante una sola estadía en Estados Unidos en o después del 1° de abril de 1997,
- Salió o fue removido de Estados Unidos bajo cualquier disposición de ley; y
- Solicita la admisión nuevamente dentro de los 10 años de su salida o remoción después de haber acumulado presencia ilegal.
¿Cómo se establece la presencia ilegal en EE.UU.?
El Uscis señala que la presencia ilegal ocurre cuando la persona está en EE.UU. sin la necesidad de ser admitido o haber recibido permiso de permanencia temporal (parole) o cuando está después de que haya expirado el periodo de estadía autorizado.
La causal de inadmisibilidad por presencial ilegal se aplica si la persona salió antes, durante o después de que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) haya iniciado los procesos de remoción. La agencia indica que en el caso de haber sido aceptado y recibido un Formulario I-94, que muestra el periodo de estadía autorizada, la persona deberá de dejar el país en la fecha indicada.
Licenciada en Periodismo, con conocimientos como Analista Digital y experiencia en Marketing Digital. Amante de la actualidad, sociedad y tendencias de salud y livestyle.









