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BUENAS NOTICIAS | Los REQUISITOS ACTUALIZADOS para que inmigrantes eviten la deportación hasta agosto 2025

Con estas actualizaciones, muchos de los inmigrantes no podrán evitar ser deportados, según el USCIS. Conoce AQUÍ quiénes podrán ser los perjudicados.

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Los REQUISITOS ACTUALIZADOS para que inmigrantes no sean deportados, según USCIS.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) reveló cuáles son las últimas actualizaciones para que los inmigrantes en Estados Unidos soliciten la exención de su Green Card y así eviten ser deportados debido al vencimiento del estatus legal. En esta nota, te contaremos de qué se tratan estas nuevas medidas.

Cabe mencionar que el USCIS estableció que, hasta agosto 2025, aquellos que soliciten una excepción migratoria deberán de utilizar las ediciones vigentes de los formularios disponibles en la web de la agencia federal.

¿Qué documentos debes presentar para solicitar una exención en Estados Unidos?

El USCIS señala que hay dos formularios principales para poder tramitar una excepción migratoria, pero dependerá del momento en el que se determine la inadmisibilidad y el perfil del solicitante:

  • Formulario I-601A (Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal): permite a algunos inmigrantes solicitar el perdón antes de salir del país para poder asistir a su entrevista consular. Solo aplica si la causa de inadmisibilidad es la presencia ilegal acumulada de más de 180 días.
  • Formulario I-601 (Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad): Puedes utilizarlo en contextos como entrevistas consulares o tras una orden de expulsión. Aplica para cónyuges, hijos o prometidos de ciudadanos estadounidenses.

¿Quiénes no califican para la exención migratoria?

Las últimas actualizaciones señalan que no todos los inmigrantes son elegibles para recibir una excepción bajo la ley migratoria. Hay diversos criterios estrictos que determinan quiénes quedan fuera del proceso:

  • Personas con un Formulario I-485 pendiente de resolución para ajuste de estatus.
  • Inmigrantes con procedimientos de remoción o deportación aún abiertos ante una corte migratoria.
  • Casos con una orden final de expulsión o una salida voluntaria no cumplida ni resuelta legalmente.
  • Inmigrantes con una orden de deportación anterior reinstalada.
  • Solicitantes que no puedan demostrar que su cónyuge o padre, ciudadano o residente permanente, sufriría una dificultad extrema si se negara la admisión.
SOBRE EL AUTOR:

Licenciada en Periodismo, con conocimientos como Analista Digital y experiencia en Marketing Digital. Amante de la actualidad, sociedad y tendencias de salud y livestyle.

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