La ordenanza N°721/2 del Gobierno de Argentina establece que el ejército de ese país tendrá que incorporar a “travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad” en una proporción “no inferior al 1% de la totalidad” de puestos de trabajos que están disponibles.
Este decreto hace referencia a los puestos de trabajo en el Sector Público Nacional que deben ser ocupados, puntualmente, por personas de la comunidad LGBTI en puestos administrativos o de combate.
El edicto se debe a que se le hizo un requerimiento a la Subsecretaría de Empleo Público y al Ministerio de Defensa de Argentina para que aclaren la situación e informen si cuentan con personal “transexual, transgénero o travesti trabajando actualmente en el marco de todas las modalidades de contratación vigente”.
En ese mensaje, que está dirigido a comandantes y oficiales del ejército, se le solicita también los datos de personas contratadas, su nivel académico alcanzado, una descripción del tipo de funciones que realiza y cuánto tiempo lleva ocupando ese cargo.
El ministerio de Defensa argentino, por su parte, informó que “es la primera vez que llega un mensaje concreto” en torno a un pedido que desde hace mucho tiempo es materia de controversia en la institución.
Por otro lado, el pasado 4 de setiembre, el Gobierno de Argentina publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia 721/20, llamado “Cupo Laboral Travesti Trans”, el cual tiene como propósito “comenzar a reparar las vulneraciones que se han cometido históricamente contra las personas travestis, transexuales y transgénero en nuestro país”.