El Seguro Integral de Salud (SIS) otorga un bono de hasta S/ 1 000 a los que podrías acceder siempre y cuando sigas los requisitos que necesitas cumplir. Este reembolso consiste en cubrir los gastos de sepelio de los planes SIS Gratuito, SIS Independiente, SIS Emprendedor, SIS para todos y SIS Microempresas del Seguro Integral de Salud (SIS).
El pago de este beneficio se realiza en las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud (IPRESS) y cubre el monto que puede ir desde los S/350 con un máximo de hasta S/ 1 000, pero recuerda que la cantidad dependerá mucho de la edad que tenga el fallecido. En el desarrollo de esta nota te contamos mayores detalles al respecto.
¿Cuáles son los conceptos que reconoce la Prestación Económica de Sepelio del SIS?
Los conceptos que reconoce este subsidio son los siguientes:
- Ataúd.
- Capilla ardiente.
- Mortaja.
- Derecho de cremación (solo si ha sido autorizado por el familiar).
- Nicho.
- Traslado del fallecido (del establecimiento de salud al velatorio y del velatorio al cementerio).
¿Cuáles son los montos que se puede recibir del subsidio del SIS?
El monto máximo de la Prestación Económica de Sepelio varia de acuerdo con la edad del fallecido:
- Óbito o natimuerto (más de 28 semanas de gestación): S/ 350.00
- Recién nacido fallecido (menos de 29 días de nacido): S/ 350.00
- Fallecido de 29 días hasta menor a 12 años de edad: S/ 700.00
- Fallecido de 12 años de edad a más: S/ 1,000.00
¿Quiénes pueden solicitar el subsidio del SIS?
Solo en cuatro casuísticas se puede solicitar este reembolso:
- Hayan sido designados como acreditados durante la afiliación al Seguro Integral de Salud (SIS).
- Sean familiares hasta el 4to grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad a falta de persona registrada en el formato digital de afiliación. Para tal efecto, debe suscribir la declaración jurada del Anexo 3.
- Excepcionalmente, la persona que sustente haber realizado el gasto de sepelio. Para tal efecto, debe presentar el Anexo 4.
- Sean padre o madre del recién nacido fallecido o natimuerto.
¿Quiénes no pueden solicitar el subsidio del SIS?
- Intervención quirúrgica estética o cosmética.
- Asegurados fallecidos fuera del territorio nacional no referidos por el SIS.
- En caso de suplantación de identidad.
- No se admitirá a trámite más de una solicitud de reembolso del mismo asegurado SIS fallecido.
- Cuando el reembolso por gastos de sepelio corresponda ser cubiertos por el SOAT, AFOCAT y Fondo de compensación del Seguro Obligatorio de Accidente de Tránsito.
¿Cuáles son los requisitos para acceder el reembolso del SIS?
- Debes llenar y firmar la Solicitud de reembolso de la prestación económica de sepelio.
- Comprobante de pago original, debidamente cancelado, por los servicios funerarios del asegurado fallecido, emitidos a nombre del acreditado.
- Copia certificada del acta de defunción expedida por Reniec.
- Copia del certificado de defunción.
- Declaración jurada de gastos por prestación económica de sepelio.
- Si fue cremado, presenta la copia de autorización de cremación.
- Si no estás designado como acreditado, deberás presentar la Declaración jurada familiar hasta el 4to grado de consanguinidad o 3ero.
- En el caso que los gastos se hayan realizado en zona rural, presenta la Declaración Jurada de Gastos por servicios realizados.
¿Cómo puedo solicitar el reembolso del SIS?
Puedes acercarte a cualquiera de los siguiente establecimientos de salud antes de los 60 días calendarios a partir del día siguiente del fallecimiento del asegurado.
Entrega los documentos mencionados anteriormente en el establecimiento de salud más cercano.
- Consulta el estado de tu trámite
Puedes realizar el estado de tu trámite vía online, ingresando los datos del afiliado y del acreditado.
Cuando el pago está disponible, solo contarás con 9 meses para cobrarlos a partir de la fecha que fue emitido. El reembolso lo puedes pagar en cualquier agencia del Banco de la Nación.