CTS 2023: ¿Los trabajadores de medio tiempo y practicantes pueden acceder al pago de noviembre? Todos los empleados del sector privado vienen esperando con ansias el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) correspondiente al presente mes. Las empresas deben cumplir con el depósito de este dinero a cada personal que cumpla los requisitos para acceder a este derecho laboral.
Sin embargo, varias personas se encuentran laborando en condición de medio tiempo o también denominado "part time" en miles de negocios, a nivel nacional. También los practicantes que son parte fundamental para el funcionamiento de cada compañía, por lo cual surge la duda, si ambas condiciones podrán acceder a este beneficio. En la siguiente nota, te contamos si será posible cobrar este pago adicional este 15 de noviembre.
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Las personas que laboran en la modalidad part time o medio tiempo, no podrán acceder a este beneficio laboral que se realiza dos veces al año. La principal razón por la cual no se consideran a este grupo de empleados, es por que laboran menos de cuatros, según lo indicado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
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De acuerdo a la información del Ministerio de Trabajo, los únicos que pueden recibir la CTS son los empleados del sector privado que cuenten por lo menos con una jornada laboral mayor de 4 horas diarias. Esto quiere decir que las personas que están en modalidad formativa laboral, como los practicantes no pueden cobrar este beneficio laboral, así también los locadores de servicios.
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El último desembolso correspondiente a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de este año será otorgado a los trabajadores con contrato formal que estén debidamente registrados en la planilla y hayan cumplido con el periodo laboral completo (de mayo a octubre de 2023). El monto correspondiente se depositará en la cuenta bancaria del beneficiario antes de la fecha límite establecida.
Adicionalmente, los empleados de pequeñas empresas, tanto antiguos como nuevos, podrán beneficiarse de este pago, siempre y cuando no estén registrados en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). Es importante tener en cuenta que aquellos que estén bajo la modalidad de practicantes no serán elegibles para recibir este beneficio. Si deseas conocer tu pago exacto, deberás hacer CLIC.
Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.