
En el marco de la campaña escolar 2026, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó que los colegios privados deben respetar los derechos de los padres de familia al momento de solicitar útiles escolares y establecer condiciones de matrícula.
La entidad enfatizó que no se pueden incluir en las listas productos que no estén directamente vinculados al uso personal del estudiante ni direccionar la compra hacia marcas o proveedores específicos.

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Ante la persistencia de listas que incluyen papel higiénico, bolsas de basura, toallas, artículos de limpieza, millares de hojas o plumones de pizarra, Indecopi fue claro en su postura.
En entrevista con TV Perú, Nancy Romero, representante de la institución, explicó que los útiles deben estar estrictamente relacionados con el uso personal del alumno.
“Claro, solamente los útiles que van a ser destinados para el uso personal del alumno”, precisó. Asimismo, subrayó que los insumos vinculados al funcionamiento del colegio deben ser asumidos por la institución educativa como parte del servicio ofrecido.
“No podríamos pedir un millar o dos para el aula, ¿no? Porque eso ya no corresponde”, sostuvo. De esta manera, materiales destinados al aula o al uso del docente no pueden ser trasladados como obligación económica a los padres.
Otro aspecto clave en la campaña escolar 2026 es la libertad de elección del consumidor. Según Indecopi, los colegios privados no pueden direccionar la compra de útiles o uniformes hacia determinados proveedores.
Romero fue enfática al respecto: “El colegio no puede direccionar, no le puede indicar al padre de familia que tiene que comprar los útiles escolares en un determinado lugar o el uniforme. Ahí tiene que haber una posibilidad de que el padre de familia elija el lugar donde desea adquirir y sea más beneficioso a su economía”.
Este principio cobra relevancia en un contexto donde muchas familias enfrentan incrementos en matrícula y pensiones.
Indecopi recordó que los centros educativos deben informar con anticipación las condiciones económicas y académicas del servicio.
El monto de matrícula y pensión debe comunicarse treinta días antes de finalizar el año lectivo previo, permitiendo a los padres tomar una decisión informada.
También deben detallar:
En ese punto, Romero aclaró que las libretas de notas no pueden ser retenidas por deudas. Sin embargo, el certificado de estudios sí puede retenerse si esta condición fue informada previamente.
Entre 2024 y 2025, Indecopi recibió y tramitó alrededor de 1.690 reclamos vinculados al servicio educativo privado.
En el periodo 2021-2025, las multas impuestas alcanzaron aproximadamente dos millones, dentro de un marco sancionador que puede llegar hasta 450 UIT.
Las principales infracciones detectadas incluyen:
Si un padre de familia considera que se han vulnerado sus derechos como consumidor, puede presentar un reclamo ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual a través de diferentes canales:
Vía telefónica:
Correo electrónico:
Atención presencial:
A pocas semanas del inicio del año escolar, la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria (Digesa) advirtió sobre el riesgo de adquirir útiles escolares informales sin marca ni registro sanitario.
La alerta se centra en productos como plastilinas, témperas y slime que no detallan composición, fecha de vencimiento ni fabricante.
Especialistas indicaron que estos artículos pueden provocar:
Las alergias son las manifestaciones más frecuentes debido al contacto directo con sustancias químicas de procedencia desconocida.
Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.