El plazo para el pago de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS), vence el 15 de noviembre, de esta forma, los empleadores de la micro, pequeña, mediana y gran empresa, según sea el caso, deberán depositar este beneficio de sus trabajadores correspondiente al período semestral mayo 2022-octubre 2022. Conoce todos los detalles sobre el retiro aquí.
Los trabajadores que tengan menos de 1 mes de servicio en este tipo de empresas, lamentablemente no tienen el derecho de cobrar este beneficio que vence el 15 de noviembre del 2022. No obstante, los días laborados se sumarán al semestre noviembre 2022-abril 2023 y la CTS acumulada se depositará hasta el 15 de mayo del 2022, fecha en la cual si recibirán este depósito.
Mediante la aprobación de una ley, se autorizó a los trabajadores, por única vez y hasta el 31 de diciembre del 2023, a disponer libremente del 100% de los depósitos por compensación por tiempo de servicios efectuados en las entidades financieras y que tengan acumulados a la fecha de disposición.
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En el caso de que el trabajador decida retirar su CTS, debe comunicarlo por escrito a su empleador, para que este le informe a la entidad financiera donde está depositada la CTS (banco, financiera, caja, entre otros) precisando cuál es el monto que se podrá disponer libremente. Para determinar el monto intangible, se debe considerar el último sueldo que tuviera el trabajador a la fecha en la que solicita el retiro, multiplicado por cuatro.
Conforme a ley, no tienen derecho a este beneficio:
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