El dictamen que autoriza a los aportantes el retiro de hasta 4 UIT o S/ 18,400 de las AFP se ha aprobado. En ese sentido, la autógrafa de ley fue firmada el último viernes 20 de mayo por el presidente de la República, Pedro Castillo, en Palacio de Gobierno.
“Hoy en día el mundo enfrenta una gran crisis económica debido a la pandemia, además, por la guerra entre Rusia y Ucrania. Los ingresos económicos en muchas familias se han reducido, ha aumentado la pobreza y los precios de algunos alimentos han subido, por ello con esto [aprobación del retiro de AFP] queremos mitigar el daño”, indicó el mandatario.
"No podemos negarles a ustedes el dinero de sus ahorros que fue obtenido con su trabajo, su esfuerzo y su sudor. Por eso, respaldamos esta ley para que los peruanos hagan uso de sus ahorros en estos momento difíciles", agregó.
Debido a esto, se espera que este sábado 21 o lunes 23 se publique la normativa en el diario oficial El Peruano. Tras ello, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) contará con 10 días hábiles para publicar el reglamento adecuado para detallar de qué forma de realizará el retiro. Seguidamente, desde ese momento hasta el primer retiro podrían pasar hasta 30 días.
Cabe señalar que el dictamen autorizado indica que el retiro se aplique a todos los afiliados (aportantes activos o no).
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Todos los afiliados, sean aportantes activos o no, puedan retirar su dinero del fondo.
Asimismo, este detalle marca una diferencia con el dictamen aprobado el martes pasado en la Comisión de Trabajo, que establecía el mismo monto de retiro, pero solo en los casos de las personas que no cuenten con tres meses consecutivos de aportes al sistema.
De acuerdo a la fecha de aprobación de la ley de retiro de AFP, el desembolso se realizaría a partir del cronograma que publique la SBS. En esa línea, este se dividirá en tres partes y se otorgará en un plazo de 90 días calendario.
Además, una vez presentada la solicitud de retiro de forma remota, virtual o presencial, las AFP deberán realizar el desembolso dentro de los 90 días calendarios posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley.
Por otra parte, en caso el afiliado decida dejar de retirar sus fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo a la AFP 10 días calendarios antes de que se concrete el desembolso.
La titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), Betssy Chávez, anunció que la publicación de la autógrafa de la ley que faculta el retiro extraordinario de las AFP por hasta S/18.400 (4UIT), será realizada este viernes 20 de mayo a las 6:30 p. m.
Del mismo modo, el primer retiro de hasta una UIT (S/4.600) se ejecutaría entre julio y agosto, mientras que el segundo retiro, de hasta dos UIT, sería en septiembre, señaló la funcionaria en un diálogo con La República.
“Entre julio y agosto podrá ser el retiro de 1UIT”, mencionó Chávez, luego de precisar que esto ocurrirá tras ser publicado el Decreto de manera oficial, para que la SBS pueda emitir en 15 días el reglamento en donde se precise las fechas exactas para la devolución de aportes.
El retiro extraordinario de los fondos se realizaría de la siguiente forma:
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