Retiro de la AFP 2022: ¿hasta cuándo tiene Pedro Castillo para promulgar la ley?
Si bien el congreso aprobó el proyecto de ley del retiro de los fondos AFP. Aún falta saber si será observada o promulgada por el Ejecutivo.
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El retiro de las 4UIT de los fondos de la AFP es un tema que tiene la atención de muchas personas en el Perú. El último 4 de mayo fue aprobado este predictamen por el pleno del Congreso de la República; sin embargo, esto no significa que entre en vigencia. Recuerda que aún debe llevar la firma del jefe de Estado, así como ser promulgada en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
Según información confirmada por el superintendente adjunto de las Administradoras de Fondo de Pensión (AFP), Elio Sánchez, los aportantes al Sistema Privado de Pensiones han retirado hasta el momento S/ 66 000 millones con las cinco normas aprobadas previamente por el pleno del Congreso y firmadas por los anteriores jefes de Estado.
¿Hasta cuándo tiene plazo el jefe de Estado, Pedro Castillo, para promulgar esta norma?
El proyecto de ley ya fue aprobado ante el pleno del Congreso de la República el último 4 de mayo; sin embargo, esto ya fue enviado al Poder Ejecutivo para su promulgación en un plazo máximo de 15 días útiles. En este caso el periodo se cumple el 27 de mayo. De no tener observaciones, el presidente de la República deberá promulgar la ley ordenando su inmediata publicación en Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. No obstante, si es observada, el jefe de Estado tendrá un plazo de 15 días para devolverla ante el Poder Legislativo. Si vencido los 15 días el Ejecutivo no oficializa la proposición de ley, el Congreso la aprobará por insistencia.
Sin embargo, el Diario Correo a través de una nota ha confirmado que: "Fuente de Palacio de Gobierno indicaron que en los próximos días se conocerá la decisión del jefe de Estado, que sorpresivamente no habría tenido una oposición firme del MEF".
¿De ser aprobada la norma cómo se desembolsará el retiro de la AFP?
Como se ha explicado en anteriores notas, el proceso de desembolso sería de la siguiente forma:
DESEMBOLSO | CANTIDAD | TIEMPO |
Primer desembolso | 1 UIT (S/ 4 600) | 30 días calendario después de presentar la solicitud ante la AFP. |
Segundo desembolso | 1 UIT (S/ 4 600) | 30 días calendario después de recibir el primer desembolso. |
Tercer desembolso | 2 UIT (S/ 9 200) | 30 días calendario después de recibir el segundo desembolso. |
Sin embargo, debes considerar que si no deseas retirar dichos fondos, debes comunicarte con tu AFP para solicitar la cancelación del retiro de tus fondos de jubilación.
Se estima que se recuperará la rentabilidad de los fondos AFP
Muchos afiliados al Sistema Privado de Pensiones pueden tener preocupación porque sus fondos han registrado una caída importante debido a factores coyunturales externos. Según el asesor de la Asociación de AFP (AAFP), Joaquín Rey, dijo a la agencia Andina que confían en los siguientes meses se recuperarán los fondos.
“Comprendemos la preocupación que puedan tener los afiliados en torno a las caídas que se han registrado en la rentabilidad. Esto se debe fundamentalmente a factores externos. En todo el mundo hay caídas en los mercados de capitales que obedecen, entre otras cosas, a la economía estadounidense”, dijo.
El asesor de la AFP sostuvo que la Reserva Federal de Estados Unidos ha subido su tasa de interés después de muchos años y como consecuencia tendrá un enfriamiento de la economía nacional.
.“No debemos ver la foto del momento, hay que ver la película completa, eso es lo importante para nuestra jubilación. No es la primera vez que tendremos una caída temporal de nuestros fondos” , acotó.
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