Estamos pasando tiempos de pandemia del COVID-19 que ha llevado a la ruina financiera a miles de negocio y despidos de trabajadores. Conseguir trabajos ahora puede resultar más difícil que en anteriores épocas. En estos momentos hay dudas que me corresponde en caso de un despido o renuncia.
En ambos tiene las mismas condiciones ¿Qué beneficios recibiría? Si como trabajador tiene ciertas dudas sobre este tema entonces sigue leyendo esta nota que te explicamos los puntos a tomar en cuenta.
Los beneficios pueden tener las liquidaciones pueden va a depender de los benecios de la empresa disponga al trabajador y del régimen en el que labora el trabajador. La liquidación se compoen de CTS, vacaciones y gratificaciones truncas. Asimismo, bajo estos concetos debes considerar los siguiente.
Para calcular la CTS trunca se toma como referencia la remuneración percibida a la fecha de cese, y a ese monto se debe sumar 1/6 de la gratificación que se haya pagado en el semestre.
Para la gratificación trunca se utilizará como base de cálculo la remuneración percibida a la fecha de cese, y equivaldrá a tantos sextos de esa remuneración como meses completos haya laborado dentro del semestre que corresponda.
Si en tu caso llega su fin el vincula laboral promovida unilateralmente por el empleador. Solo exite cuatro despidos según nuestro marco legal: despido justificado, despido arbitrario, despido nulo o nulidad de despido, despido indirecto.
Cad hace uno de estos despidos puede ser indemnizado de acuerdo al Decreto Legislativo N° 728 se debe a la decisión unilateral del empleador. En el caso de las fracciones de año, la legislación laboral, se dará por doceavos y treintavos.
Un trabajador cuando ingresa a planilla de una empresa formal por ley le corresponde los siguientes beneficios:
Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.