La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio que entregan las empresas formales a sus trabajadores que se encuentran en planilla y se deposita dos veces al año, uno en mayo y otro en noviembre, y para ambas fechas, los empleadores tienen como fecha límite del depósito hasta quincena.
La CTS sirve como un fondo de contingencia contra el desempleo que se podría producir cuando el trabajador finalice sus labores con la empresa con la que trabaja.
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Cabe recalcar que los trabajadores con cuentas de CTS podrán retirar el total de este dinero solo hasta el 31 de diciembre, según lo indicado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el cual fue establecido a mediados de este año bajo la Ley 31171, con el fin de cubrir las necesidades económicas causadas por la pandemia de COVID-19.
Si te encuentras en planilla y quieres saber si recibes CTS, lo primero que debes hacer es comunicarte con la entidad bancaria donde la empresa te deposita tu remuneración. Esa consulta puedes realizarla mediante su página web o por llamada telefónica. A continuación, te damos a conocer los canales de atención de los bancos y las entidades financieras en el Perú para que puedas averiguarlo:
Según la Ley N° 31171, los trabajadores tienen la opción de retirar el 100% de su CTS debido a la pandemia de la COVID-19, y esto se podrá dar hasta el 31 de diciembre del 2021. Asimismo, el trabajador podrá solicitar el desembolso de su dinero a la entidad donde se encuentre la CTS mediante una transferencia, ya sea a una cuenta bancaria, cooperativa etc.
Cabe resaltar, que este desembolso solo se hace de manera online y es a través de los canales que dispongan cada entidad bancaria.
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El retiro de la CTS ya es un hecho, por lo que, a partir de hoy los trabajadores pueden acceder al retiro de sus cuentas de Compensación por Tiempo de Servicios, tras la publicación del reglamento.
A través del boletín de normas oficiales del diario El Peruano el Poder Ejecutivo publicó el Decreto Supremo Nº 011-2022-TR, que dispone la reglamentación del procedimiento operativo para el desembolso del 100% de la CTS. Asimismo, dicho reglamento precisa que los trabajadores deben solicitar de preferencia su retiro por vía virtual. En tanto pide, a la entidad financiera efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas del trabajador que éste indique.
Los trabajadores podrán solicitar el retiro de la CTS de manera rápida y sencilla.
La norma que aprueba el retiro de la CTS establece de forma clara en el texto que al igual que el retiro de la AFP, la CTS podrá ser retirada de forma facultativa y no obligatoria. Debes contemplar que al ser un trabajador formal estás en todo tu derecho de solicitar la Compensación por Tiempo de Servicio si así lo crees convenientes. También debes saber que la norma precisa que la persona podrá efectuar dicho retiro pese a estar laborando con normalidad.
Desde hoy los trabajadores podrán acceder al retiro de la CTS.
ENTIDAD BANCARIA/FINANCIERA | PROCEDIMIENTO |
Banco de Crédito del Perú (BCP) | Ingresas a Banco por Internet. Coloca tu número de tarjeta Cuenta Sueldo. Ingresa clave de Internet de 6 dígitos. También puedes llamar a (01) 311-9898. |
BBVA | Debes ingresar a Banca por Internet del BBVA. En tu Cuenta CTS dale "Quiero". Selecciona la opción “Realizar transferencias a cuentas propias”. Elige la cuenta de destino y coloca el importe. Confirma la transferencia. También puedes llamar a (01) 595-0000. |
Interbank | Ingresas a la Banca por Internet de Interbank. Debes ingresar los datos de tu tarjeta. Ingresa tus datos personales. Ingresa la clave y de esa manera podrás visualizar tu estado de cuenta de CTS. También puedes llamar al (0801) 00802. |
Banco Ripley | Puedes solicitar tu CTS a través de la página de Banco Ripley. También puedes llamar al (01) 611-5757. |
Caja Huancayo | Podrás realizar a través de la página de Caja Huancayo. También puedes llamar al 0800-10064 o al (64) 481000. |
Caja Arequipa | Podrás realizar a través de la página de Caja Arequipa. También puedes llamar al (54) 380670. |
Caja Trujillo | Podrás realizar a través de la página de Caja Trujillo. También puedes llamar al (44) 471000. |
Los trabajadores que se encuentran comprendidos dentro del beneficio de la Compensación por Tiempo de Servicio, son lo que están sujetos al régimen laboral de la actividad privada y que cumplan con una jornada mínima diaria de cuatro horas o 20 horas semanales. Los que no la reciben son los considerados como locadores de servicio o terceros.
Este beneficio laboral se paga dos veces al año. El primero se efectúa en la primera quincena de mayo y el segundo la primera quincena de noviembre.
TIEMPO | DEPÓSITO POR COMPENSACIÓN DE TIEMPO DE SERVICIO (CTS) |
Del 01 de noviembre de 2021 al 30 de abril de 2022 | Hasta la primera quincena de mayo. |
Del 01 de mayo de 2022 al 31 de octubre de 2022 | Hasta la primera quincena de noviembre. |
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