
El pasado 4 de mayo el Ejecutivo aprobó el reglamento que permite el retiro de hasta el 100% de los fondos de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). De esta forma, los trabajadores podrán retirar el monto depositado a su cuentas hasta el próximo 31 de diciembre. Sin embargo, muchos de éstos aún tiene la interrogante sobre cuántas veces podrán retirar este beneficio que se otorga por única vez en el 2021.
Pues bien, en dicho reglamento se menciona que el trabajador podrá realizar retiros, totales o parciales, del monto disponible en su respectiva cuenta de depósito de CTS. Eso quiere decir que el trabajador podrá retirar las veces que desee hasta alcanzar o no la cantidad de su compensación.
Asimismo, como parte del procedimiento del retiro, el empleado puede solicitar por vía remota que la entidad que actúa como depositaria de la CTS efectúe el desembolso mediante transferencias a las cuentas que el trabajador indique.
Entre las entidades que puede ordenarse la transferencia se encuentran empresas del sistema financiero, cooperativas de ahorro y crédito no autorizada a captar recursos del público u operar con terceros, o empresa emisora de dinero electrónico, conforme a los límites y condiciones establecidos en la normativa aplicable, así como a las operaciones que realizan.
El Decreto Supremo N° 010-2021-TR publicado en el diario oficial El Peruano establece que la norma será de aplicación para los trabajadores del sector privado, de las empresas del Estado y los servidores públicos sujetos al régimen de la actividad privada.
Una vez recibida la solicitud, las entidades financieras tienen un plazo no mayor de 2 días hábiles para realizar el desembolso. Asimismo, la ley también señala que la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) podrá dictar las normas necesarias, en el marco de su competencia, para el cumplimiento del decreto.
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