A través de un extenso comunicado, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) se mostró en contra del Decreto Supremo N° 430-2020-EF que permite a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) acceder a la información de las cuentas de depósito de los ahorristas que tengan S/ 10 000 o más.
La nueva prerrogativa, que ya ha sido publicada en el Diario Oficial El Peruano, permitirá que el organismo técnico pueda realizar verificaciones y detecte posibles inconsistencias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión tributaria.
Sin embargo, según argumentó Aspec, dicha norma vulnera el artículo 2. 5 de la Constitución del Perú, el cual precisa que “el secreto bancario y la reserva tributaria pueden levantarse a pedido del juez, del fiscal de la Nación, o de una comisión investigadora del Congreso con arreglo a ley y siempre que se refieran al caso investigado”.
Según la institución civil, la única forma de evitar cuestionamientos al mencionado reglamento a favor de la Sunat, es modificar primero la Carta Magna, lo que implicaba una labor de coordinación.
En caso el titular tiene más de una cuenta, deberá entregar a la Sunat toda la información de ellas, en caso el monto acumulado sea igual u superior al monto mencionado. Además, si la cuenta está en dólares de Estados Unidos, se procederá a la conversión a la moneda nacional.