Fonavi 2026: estos son los DOCUMENTOS CLAVE que necesitan los HEREDEROS para cobrar el Reintegro 5
Herederos del Reintegro 5 deberán acreditarse y presentar documentos antes de cobrar la devolución del Fonavi. Conoce aquí todos los detalles.
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Este 14 de mayo, miles de exfonavistas podrán cobrar la devolución de aportes del Reintegro 5 en el Banco de la Nación. Sin embargo, cuando el titular ya falleció, sus herederos deberán realizar un trámite especial para acceder al dinero. Antes de acudir a una agencia bancaria, los familiares tendrán que verificar que el exaportante figure en el padrón oficial y presentar los documentos que acrediten el parentesco, además de la declaración jurada exigida por la Secretaría Técnica del Fonavi.

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¿Qué deben hacer los herederos para cobrar el Fonavi?
Los familiares de exfonavistas fallecidos deberán acreditarse previamente para acceder al cobro del Reintegro 5. Este trámite puede realizarse mediante la central telefónica del Fonavi (640-8655), la plataforma oficial (www.fonavi-st.gob.pe) o los módulos MAC.
Solo podrán iniciar el proceso quienes aparezcan registrados en el padrón vigente. Además, el heredero deberá informar si existen otros beneficiarios con igual derecho y presentar documentos según el parentesco y el monto asignado. Entre los requisitos obligatorios figuran el DNI vigente, la declaración jurada con huella dactilar y la partida de defunción actualizada del titular fallecido.
¿Qué documentos exige el Fonavi según el parentesco?
Los requisitos varían según el vínculo familiar con el exfonavista fallecido. Si el beneficio económico es menor o igual a 4 UIT, estos son los principales documentos solicitados:
- Viudo(a): copia certificada del acta de matrimonio emitida recientemente por Reniec o una municipalidad.
- Conviviente: certificado de unión de hecho inscrito en Sunarp y con vigencia actualizada.
- Hijo(a): copia certificada de la partida de nacimiento del solicitante y de los demás beneficiarios declarados.
- Hijo(a) con discapacidad: además de la partida de nacimiento, deberá presentar el certificado emitido por Conadis.
- Padre o madre: partida de nacimiento actualizada del fonavista fallecido.
- Hermano(a): partidas de nacimiento tanto del titular fallecido como del solicitante.
- Otros herederos: sucesión intestada, testamento o resolución judicial inscrita en Sunarp.
¿Qué pasa si el heredero no es familiar directo?
Cuando el solicitante no sea cónyuge, conviviente, hijo, padre o hermano del exfonavista fallecido, el Fonavi exigirá documentación adicional para validar el derecho al cobro.
En estos casos, será necesario presentar una sucesión intestada, un testamento legalizado o una resolución judicial que reconozca al heredero. Además, se deberá adjuntar el certificado literal emitido por Sunarp, donde figure inscrita la sucesión definitiva o el testamento correspondiente.
La Secretaría Técnica del Fonavi recordó que los familiares directos tienen prioridad sobre otros solicitantes, por lo que cada caso será evaluado antes de autorizar el pago en el Banco de la Nación.
Periodista especializada en temas de actualidad y análisis de coyuntura nacional. Bachiller en Comunicación y Periodismo por la UPC. Redactora con enfoque en investigación social y política. Con experiencia previa en revista Wapa.












