Los familiares de un fallecido por muerte encefálica tienen la potestad de permitir o impedir la donación de órganos, y uno de los principales motivos de la negativa familiar es el desconocimiento sobre el proceso de la donación y el trasplante de órganos y tejidos, señaló Juan Antonio Almeyda Alcántara, director general de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre del Ministerio de Salud (Minsa).
El especialista enfatizó que la muerte encefálica o muerte cerebral es el diagnóstico y certificación del cese definitivo e irreversible de la función encefálica, es decir, el cerebro no presenta ninguna actividad y, por lo tanto, la persona está muerta; sin embargo, aún puede dar vida a otras personas a través de la donación de sus órganos o tejidos.
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Juan Antonio Almeyda refirió que el trasplante de órganos es un tratamiento médico a través del cual un donante puede salvar hasta 10 vidas, siempre y cuando la respuesta de los familiares se dé en el tiempo oportuno. También manifestó que para declarar a un paciente con muerte cerebral se requiere de exámenes y pruebas que son evaluados por tres médicos: un neurólogo o neurocirujano, el médico tratante y un representante del establecimiento de salud.
“La donación de órganos y tejidos salva vidas, un donante de órganos trasciende a la muerte porque brinda una segunda oportunidad a personas cuyo destino depende del trasplante, de ahí la importancia de comunicar a la familia nuestra decisión. Podemos expresarlo también en DNI, la licencia de conducir o firmando el acta de consentimiento para la donación voluntaria de órganos y tejidos”, refirió Almeyda.
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