AFP: ¿Quiénes son los beneficiarios de la pensión por sobrevivencia y qué documentos presentar?

Conoce la modalidad de las AFP en donde los beneficiarios reciben la cantidad de dinero que el afiliado fallecido haya juntado en su etapa laboral.

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Conoce los aspectos más relevantes de la pensión de sobrevivencia.
Conoce los aspectos más relevantes de la pensión de sobrevivencia.Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

En el sistema privado de pensiones (SPP), los aportantes no solo cuentan con una pensión a la hora de jubilarse, sino también pueden proteger de forma económica a su familia en el caso que fallezca, siempre y cuando haya aportado al menos cuatro de ocho meses previos al fallecimiento.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) confirmó, por medio de su portal web, que ante el fallecimiento del afiliado, los sobrevivientes cuentan con el derecho de recibir una pensión. Esta se denomina pensión de sobrevivencia y se otorga a quienes acrediten ser beneficiarios. A continuación te damos a conocer quiénes son los beneficiados con la pensión de sobrevivencia, qué documentos debe presentar para acceder al pago, entre otros detalles relacionados.

Puedes encontrar dentro de la nota:

  • ¿Quiénes son los beneficiarios?
  • ¿Qué se debe presentar?
  • ¿Cómo solicitarlo?

¿Quiénes son los beneficiarios?

La institución confirmó que los beneficiarios son:

  • El o la cónyuge.
  • El o la concubino(a).
  • Hijo no nato.
  • Hijos menores de 18 años.
  • Hijos mayores de 18 años declarados con invalidez total o permanente para el trabajo.
  • Hijos mayores de 18 años que sigan de forma ininterrumpida y de manera satisfactoria los estudios de nivel básico o superior, hasta los 28 años de edad.
  • Padre o madre declarados con invalidez padre de 60 años o madre de 55 años que hayan dependido del afiliado.

La documentación tiene que presentarse a la AFP para que se pueda validar el vínculo con el fallecido. Además, cabe indicar que una vez el afiliado haya fallecido se cuenta con un plazo de 90 días para continuar con el trámite.

¿Qué se debe presentar?

Cónyugue

  • Copia de su documento de identidad
  • Copia autentificada notarialmente de la partida de matrimonio civil

Concubino (a)

  • Copia de su documento de identidad
  • Pronunciamiento judicial que confirme la unión de hecho o documento que acredite el inicio del proceso judicial para el reconocimiento de la unión de hecho, el cual debe ser regularizado posteriormente con el respectivo pronunciamiento judicial.
  • Escritura pública de reconocimiento de unión de hecho inscrita en registros públicos.

Hijos no natos

  • Certificado médico de embarazo el cual será regularizado posteriormente con la partida de nacimiento.
  • Declaració judicial de filiación paterna consentida, en aquellos casos de hijos nacidos fuera del matrimonio, donde no figura la firma de padre en la partida de nacimiento.

Hijos menores de 18 años

  • Copia de su documento de identidad
  • Copia de su partida de nacimiento autentificada notarialmente

Hijos mayores de 18 años declarados con invalidez total permanente para el trabajo

  • Copia de su documento de identidad
  • Dictamen de invalidez expedido por el Comité Médico de las AFP (COMAFP) o por el Comité Médico de Superintendencia (COMEC), según corresponda.

Hijos mayores de 18 años que siguen en forma ininterrumpida y de manera satisfactoria estudio de nivel básico o superior

  • Copia de su documento de identidad
  • Declaración jurada en donde se manifieste que los estudios superiores que está alcanzando corresponde a su primera carrera.
  • Plan de estudios de la carrera que está cursando
  • Constancia de notas de periodo regular lectivo, expedido por el correspondiente centro de estudios

Padre o madre declarados con invalidez padre de 60 años o madre de 55 años que hayan dependido del afiliado.

  • Copia de su documento de identidad
  • Copia autenticada noarialmente de partida de nacimiento del afiliado
  • Declaración jurada en la que se manifieste la dependencia económicarespecto del afiliado

¿Cómo solicitarlo?

Los beneficiarios se tienen que presentar y suscribir ante la AFP, entregando una copia de la documentación que acredita su condición como tales, además de los que te mostramos a continuación:

  • Solicitud de pensión de sobrevivencia debidamente llenada y firmada
  • Copia del atestado policial ante la ocurrencia de un accidente
  • Copia de los documentos que acrediten las remuneraciones del afiliado de los últimos 48 meses
  • Certificado médico de defunción, certificado de necropsia o copia certificada de declaración judicial de muerte presunta.

Conformidad de la solicitud de pensión: cuando se entrega la documentación, la AFP verificará la cobertura del seguro previsional y evaluará si acepta o rechaza la solicitud.

Solicitud de cotizaciones: los beneficiaros solicitan el cálculo de diferentes modalidades de pensión.

Presentación de cotizaciones: las AFP y compañías de seguro presentan las ofertas de las diferentes modalidades de pensión.

Elección de modalidad de pensión: los beneficiarios se ponen de acuerdo y elijen la AFP o aseguradora que les conviene.

Pago de la pensión: la AFP o Compañía de seguro efectúan el pago de la pensión de sobrevivencia correspondiente.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.

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