¿Te toca trabajar? Gobierno REVELA el grupo de trabajadores que NO gozará de los 5 días no laborables en julio

El Ejecutivo declara el lunes 27 de julio del 2026 como día no laborable mediante el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, con lo que establece un fin de semana largo por Fiestas Patrias.

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¿Te toca trabajar? El grupo de trabajadores que NO gozará de los 5 días no laborables en julio.
¿Te toca trabajar? El grupo de trabajadores que NO gozará de los 5 días no laborables en julio. Crédito: Difusión - Composición El Popular

Lo último. Mediante el Decreto Supremo N.° 075-2026-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Ejecutivo declaró que el lunes 27 de julio del 2026 sea día no laborable, con la finalidad de brindar un fin de semana largo durante las celebraciones por Fiestas Patrias. Sin embargo, esta normativa no se aplicará por igual a todos los trabajadores del país. ¿El motivo? Ciertos ciudadanos realizan labores calificadas como servicios esenciales y deberán cumplir de manera obligatoria sus funciones durante la fecha establecida.

¿Qué pasará con el sector privado? Ante esta situación, la ley establece una excepción para ciertos colaboradores que trabajen en empresas privadas. Si bien las compañías no se encuentran obligadas a conceder el descanso, existe la posibilidad de que se adapten al feriado, siempre y cuando haya un acuerdo previo entre empleador y trabajador.

Feriado largo en julio: ¿quiénes podrán descansar durante el fin de semana largo?

De acuerdo con la normativa aprobada, el beneficio laboral se aplicará de forma diferente según el régimen laboral al que pertenezca cada ciudadano. Entre ellos se encuentran los siguientes:

Sector público

  • Se les otorgará la jornada libre el lunes 27 de julio del 2026.
  • Se recuperará de manera obligatoria el tiempo no trabajado en los próximos 10 días o según la modalidad que determine el área de recursos humanos de cada entidad del Estado.

Sector privado

  • Tendrán la oportunidad de gozar del día de descanso de forma opcional, ya que la normativa no es obligatoria para las empresas privadas.
  • El descanso quedará sujeto a un convenio previo entre el empleador y el trabajador. De esta manera, ambas partes podrán fijar la compensación de las horas respectivas.

¿Cuál es la condición obligatoria para acceder al feriado largo?

En el caso del sector privado, el beneficio del día no laborable del lunes 27 de julio no opera de forma automática. No obstante, la norma resalta que las empresas no están obligadas a otorgar este descanso durante Fiestas Patrias, por lo que será vital establecer un acuerdo previo entre el empleador y sus trabajadores para definir cómo se realizará la compensación de las horas dejadas de laborar.

Por otro lado, el decreto del Gobierno excluye por completo a todas las actividades económicas que resulten indispensables para la ciudadanía. Por ello, los sectores de salud, transporte, seguridad, turismo y finanzas, entre otros servicios básicos, estarán facultados para determinar qué personal seguirá trabajando, con la finalidad de garantizar la continuidad de la atención necesaria para la ciudadanía.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.

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