LA GRATI por NAVIDAD llega con SORPRESA: trabajadores recibirán un sueldo íntegro más un 9% adicional si estás afiliado a ESTO

La gratificación de Navidad viene con sueldo completo más bono extra. Conoce todos los detalles, en la nota.

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LA GRATI por NAVIDAD llega con SORPRESA: trabajadores recibirán un sueldo íntegro más un 9% adicional si estás afiliado a ESTO
LA GRATI por NAVIDAD llega con SORPRESA: trabajadores recibirán un sueldo íntegro más un 9% adicional si estás afiliado a ESTO

La Cámara de Comercio de Lima (CCL), a través de su Centro Legal, recordó que los empleadores del régimen privado tienen como fecha límite el 15 de diciembre para depositar la esperada gratificación por Navidad, un ingreso esencial para miles de trabajadores que ya organizan sus gastos de fin de año.

Álvaro Gálvez, gerente de la institución, explicó que este beneficio se rige por la Ley 27735, la cual asegura que los trabajadores recibirán un sueldo íntegro, siempre que hayan laborado todo el semestre julio–diciembre 2025.

“En caso que laboren solo algunos meses, la gratificación será equivalente a un sexto del sueldo por cada mes completo laborado. Sin embargo, si en un mes el trabajador tuviera inasistencias injustificadas, por cada inasistencia se descontará un treintavo del sexto a percibir”, explicó.

Bonificación extra

Además, los trabajadores afiliados a EsSalud recibirán un 9% adicional, mientras que quienes están en una EPS obtendrán el 6,75% como bonificación extraordinaria. Ambas cifras deben aparecer en la planilla electrónica de diciembre.

¿Quiénes sí tienen derecho a recibir la gratificación?

La CCL reiteró que este beneficio alcanza a:

  • Trabajadores subordinados de la actividad privada con contrato indefinido, a plazo fijo o a tiempo parcial.
  • Colaboradores de pequeñas empresas inscritas en el Remype que fueron contratados después del registro: estos reciben medio sueldo.
  • Trabajadores de microempresas contratados antes de que la empresa se inscriba en el Remype: también reciben medio sueldo.

Es importante destacar que para recibir la gratificación no es necesario trabajar 4 horas diarias, lo que amplía el acceso para jornadas parciales.

Por otro lado, no están incluidos:

  • Colaboradores con Remuneración Integral Anual (RIA).
  • Trabajadores de microempresas inscritos en el Remype que fueron contratados después del registro.
  • Independientes, ya que no forman parte de planilla.

Sobre el régimen RIA, la CCL precisó: “Puede ser el caso de un gerente comercial, un jefe de proyecto o un especialista senior, que luego de firmar un contrato RIA no reciben gratificación adicional en diciembre, porque ese monto ya está incorporado en su remuneración integral”.

Gratificación trunca: ¿cómo se calcula si el trabajador cesa?

La gratificación trunca se otorga cuando el trabajador cesa tras haber laborado al menos un mes completo. En este caso, la empresa debe calcular el monto proporcional a los meses calendario trabajados desde julio 2025 hasta el día del cese.

Este pago debe entregarse junto con los demás beneficios sociales dentro de las 48 horas posteriores a la finalización del vínculo laboral.

¿Qué pasa si la empresa no paga la gratificación?

La Cámara de Comercio de Lima recordó que el incumplimiento puede generar multas severas, según el Decreto Supremo 008-2020-TR, con tres escalas distintas según el tamaño de la empresa:

  • Microempresa
  • Pequeña empresa
  • Mediana y gran empresa

Las multas van desde S/ 588.50 hasta S/ 139.742.

Para determinar el monto final se considera:

  • Tamaño de la empresa
  • Número de trabajadores afectados
  • La UIT 2025 (S/ 5.350)

Además, las microempresas y pequeñas empresas inscritas en Remype no pueden recibir sanciones superiores al 1% de sus ingresos netos del ejercicio fiscal previo.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en actualidad y tendencias. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en Popular. Interesada en temas relacionados con actualidad nacional e internacional, virales en tendencia y más.

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