Confirmado | Gobierno establece límite de edad para empleos estatales: conoce los detalles

¿Podré seguir trabajando en el sector público? El Gobierno promulgó la Ley N.º 32199, que establece un límite de ingresos y modifica más para un grupo importante de peruanos. Aquí los detalles.

Únete al canal de Whatsapp de El Popular
A través de la Ley N.º 32199, se ha determinado una edad máxima para que las personas puedan laborar en el sector público de manera definitiva.
A través de la Ley N.º 32199, se ha determinado una edad máxima para que las personas puedan laborar en el sector público de manera definitiva.Crédito: Difusión

El Gobierno de Dina Boluarte ha promulgado la Ley N.º 32199, que establece un tope máximo de ingresos para los trabajadores que prestan servicios en entidades del sector público. La norma también introduce modificaciones importantes en lo relacionado con las licencias sin goce de haber y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Con esta medida, se busca mejorar la organización interna de diversas instituciones estatales y fomentar una gestión pública más eficiente y ordenada. A continuación, te compartimos todos los detalles clave.

¿Cuál es la edad límite para trabajar en el sector público según la Ley N.º 32199?

De acuerdo a la norma publicada en el Diario El Peruano, los trabajadores del régimen mencionado podrán laborar funciones hasta los 70 años máximo. La nueva normativa establece un retiro obligatorio estandarizado que se implementará de manera uniforme en todas las entidades públicas.

Anteriormente, las condiciones para el retiro por edad diferían entre instituciones, lo que provocaba una gestión laboral desigual en el ámbito estatal. Esta medida busca garantizar equidad y coherencia en el proceso de jubilación de los trabajadores del sector público.

¿Qué otras medidas se han modificado con la implementación de la Ley N.º 32199?

Asimismo, la reciente normativa ha introducido importantes cambios en los reglamentos que rigen a los trabajadores del sector público. Uno de los aspectos modificados está relacionado con las licencias sin goce de haber, cuya regulación ha sido actualizada.

Además, se han establecido nuevos criterios para el cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), disponiendo que esta se otorgue en un monto equivalente al 100 % de una remuneración mensual por cada año completo de servicios o fracción correspondiente.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.

Ofertas

Lo más reciente