Día del trabajador en Perú: ¿Será feriado largo hasta el 2 de mayo?

 ¿Debo trabajar este 2 de mayo?  Conoce aquí qué dispuso el gobierno con relación a los días no laborales. 

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El gobierno dispuso los días no laborales de lo que resta del 2022.
El gobierno dispuso los días no laborales de lo que resta del 2022.Fuente: GLR

El país está por recibir el Día Internacional del Trabajador el próximo 01 de mayo y es una fecha declara feriado a nivel nacional con el fin de conmemorar los derechos laborales en el mundo y muchas personas aprovechan ese feriado largo hacer planes como viajar. Pero ¿Qué sucede con el 02 de mayo? ¿Será feriado largo o debo ir de todas a laborar?

Si tienes esta duda a pocos días de esta fecha conmemorativa, no te preocupes de que a continuación te explicamos qué ha dicho el Poder Ejecutivo al respecto.

¿El 02 de mayo es considerado feriado?

En estos casos el gobierno, mediante el Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, solo los trabajadores del sector público podrán beneficiarse de estos días no laborales, de un feriado largo de tres días como sucede pocas veces durante el año.

Pero debes considerar que el 02 de mayo no es feriado, únicamente es el 01 de mayo por el Día del Trabajador y si optas por no laborar debes después acordar con tu empleador reponer las horas del día. Esta recuperación de horas el trabajador compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública.

¿Los trabajadores del sector privado descansan el 02 de mayo?

Los días no laborales está orientado para el trabajador público, pero si perteneces al sector privado también puede acogerse a esta medida previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, el cual posteriormente deben definir la forma de compensar las horas no laboradas.

¿Quiénes no abarca los días no laborales?

Según este Decreto Supremo Nº 033-2022-PCM, las actividades económicas las que tiene más vinculación a servicios esenciales en el país no están en esta medida.  Las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan determinados servicios (sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos) deberán resolver los puestos que estén excluidos ese día no laborable.

SOBRE EL AUTOR:

Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.

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