Ayacucho: sentencian a ocho exfuncionarios municipales de Ayna por corrupción

De acuerdo con la Fiscalía, los exservidores ediles cometieron diversos delitos en la ejecución de una obra por administración directa en 2014.

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Según la tesis del Ministerio Público, los exservidores ediles cometieron diversos delitos en la ejecución de una obra por administración directa en 2014.
Según la tesis del Ministerio Público, los exservidores ediles cometieron diversos delitos en la ejecución de una obra por administración directa en 2014.Crédito: Difusión

El Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de Huamanga sentenció a ocho exfuncionarios de la Municipalidad Distrital de Ayna San Francisco, en Ayacucho, por actos de corrupción cometidas en la ejecución de una obra en el año 2014.

Se trata de los exservidores ediles Richard La Torre Echegaray, condenado a 22 años de pena privativa de la libertad efectiva por el delito de colusión agravada, falsedad ideológica, peculado doloso; Alex Martin Quispe Morales, quien recibió 19 años de pena por colusión agravada y peculado; Marino Ramos Cruz a 15 años de cárcel, y seis años para Percy Chávez Avendaño y Pedro Néstor Pardo Palomino (delito continuado de colusión agravada).

De la misma forma, sentenciaron a tres años de pena privativa de libertad suspendida a Simón Alejandro Cárdenas Aguilar (falsedad ideológica), dos años y ocho meses a Guillermo Canchari Pillaca (Falsedad genérica) y cuatro años a Ruth Chávez Berrocal (Peculado doloso).

El caso

De acuerdo con la investigación, el delito corresponde a la obra por administración directa “Mantenimiento de Camino Vecinal no Pavimentados Carmen Pampa Sanquirhuato”, en el 2014, donde se levantaron actas de verificación y recepción de obra pese a que esta no estaba ejecutada, además de haber planillas fantasmas, entre otras irregularidades.

Según la acusación fiscal, los entonces funcionarios municipales Alex Martín Quispe, Percy Chávez y Yober Gavilán, se pusieron de acuerdo con Marino Ramos Cruz, propietario de Comercial Virgen del Carmen, para defraudar patrimonialmente al Estado por el monto de S/ 10 150, sabiendo que los materiales de construcción y agregados no ingresaron en la mencionada obra.

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