Retiro AFP y CTS 2021: cuándo podré realizar desembolso según proyecto de ley
Conoce aquí desde cuando podrás realizar el desembolso de tu AFP y retirar el fondo de tu CTS en el caso de que el Ejecutivo apruebe el proyecto de ley.
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El Congreso de la República aprobó el retiro de las AFP por hasta S/ 17 600 equivalente a 4 UIT y del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) hasta diciembre de 2021. No obstante, todavía falta que el Ejecutivo lo apruebe y lo promulgue. En este sentido, muchos afiliados se preguntan cuándo podrán realizar el desembolso de este dinero.
Asimismo, el ministro de Economía, Waldo Mendoza, señaló que el Ejecutivo observará la ley de AFP y CTS por tener “visos de inconstitucionalidad”. En esta nota te aclaramos el proceso que está siguiendo el proyecto de ley.
¿Qué falta para acceder al retiro de la AFP y la CTS?
El Congreso entregó, en la tarde del 5 de abril, la autógrafa del proyecto de ley firmada por Mirtha Vásquez y Luis Roel, presidenta y segundo vicepresidente del Legislativo respectivamente, al Ejecutivo. Ellos tienen un plazo de 15 días para evaluarlo, esto quiere decir que tienen para responder hasta el 26 de abril, fecha límite en el que deben ser promulgadas u observadas. Si hasta ese día no se pronuncian, el Legislativo puede aprobarlo por insistencia.
¿Cuándo podré realizar desembolso del AFP y CTS según proyecto de ley?
Caso AFP
En el caso de que sea promulgada la ley del retiro de las AFP, la Superintendencia de Banca, Seguros (SBS) tendrá otros 15 días para determinar el proceso operativo que deberán seguir las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) para pagar lo que indica la ley. No obstante, se estableció un cronograma de retiro de acuerdo a la autógrafa.
- Primer retiro de hasta 1 UIT: En un plazo de máximo 30 días calendario, registrados desde el primer día después de presentada la solicitud ante las AFP.
- Segundo retiro de hasta 1 UIT: En un plazo de máximo de 30 días calendario, registrados desde el día después de realizado el primer desembolso por las AFP.
- Tercer retiro de hasta 1 UIT: En un plazo de máximo 30 días calendario, registrados desde el día siguiente de realizado el segundo desembolso por las AFP.
Caso CTS
El Ejecutivo deberá de dictar, en un plazo de 10 días, las disposiciones para que la norma sea ejecutada y de esa manera los trabajadores dispongan del 100% de la CTS. Cabe indicar que, según la autógrafa enviada, podrás realizar el desembolso hasta el 31 de diciembre de 2021 pues la norma se da por única vez y de forma excepcional.
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