Bono salud de S/720: cuándo pagarán y qué trabajadores son beneficiarios

El Gobierno otorgará un bono de 720 soles al sector de salud, te contamos aquí sobre el pago mensual que recibirán los beneficiarios.

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El Gobierno autorizó una bonificación extraordinaria para profesionales de la salud de las FF.AA. Conoce en esta nota cuándo se pagarán y quienes serán los beneficiados.
El Gobierno autorizó una bonificación extraordinaria para profesionales de la salud de las FF.AA. Conoce en esta nota cuándo se pagarán y quienes serán los beneficiados.Fuente: GLR - Crédito: Jorge Cerdán

De acuerdo al Decreto de Urgencia N° 025-2021, publicado en el diario ‘El Peruano’, el Estado autorizó la transferencia de más de S/2 millones para que el Ministerio de Defensa pueda financiar la contratación de personal, otorgarles un seguro de vida y la programación de ampliaciones de turno a los profesionales de la salud de las Fuerzas Armadas.

Asimismo, la entrega de una bonificación extraordinaria por exposición de riesgo de contagio por el COVID-19. El fin de esto, es incrementar la oferta de servicios de salud que se requieren para la atención de casos sospechosos o confirmados del virus. Descubre quienes recibirán el Bono Salud y cuando se les pagará.

¿Cuánto es el valor de la bonificación extraordinaria?

La bonificación extraordinaria que se les otorgará a los profesionales de la Salud de las Fuerzas Armadas será de S/720 mensualmente.

¿Quiénes recibirán la bonificación extraordinaria?

El Estado peruano otorgó esta bonificación extraordinaria al personal de salud de las Fuerzas Armadas que se encuentran expuestos al riesgo de contagio por COVID-19. Según el Decreto de Urgencia los profesionales de sanidad que podrán acceder a esta bonificación son:

  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud de los establecimientos del primer, segundo y tercer nivel de atención que intervienen en el diagnóstico, tratamiento y manejo de los casos sospechosos o confirmados con COVID-19 y que requieren ser atendidos por las diferentes unidades productoras de servicios de salud.
  • Personal que realiza vigilancia epidemiológica, que contempla actividades destinadas a la identificación clínica y de apoyo al diagnóstico de casos de COVID-19 y sus contactos, la gestión y manejo de residuos biocontaminados en los establecimientos de salud del primer, segundo y tercer nivel de atención.
  • Personal de la salud que participa en la toma de muestras de pacientes con sospecha o diagnóstico de COVID-19 o realiza vigilancia epidemiológica en los laboratorios de referencia.
  • Personal que realiza visita domiciliaria a los pacientes que reciben atención ambulatoria, que contempla la identificación de casos sospechosos de COVID-19, el seguimiento de casos positivos que se encuentren en manejo ambulatorio, así como el manejo prehospitalario y el traslado de casos positivos con complicaciones.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que realizan el manejo del cadáver en los establecimientos de salud o similares y los que integran el Equipo Humanitario de Recojo de Cadáveres.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que realiza visita domiciliaria en el primer nivel de atención.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales que realizan triajes diferenciados en los establecimientos de salud de los diferentes niveles de atención.
  • Profesionales, técnicos y auxiliares asistenciales de la salud que forman parte del Equipo de Acompañamiento Psicosocial para el Personal de la Salud; exceptuando aquellos cuya forma de atención no involucra exposición al contagio (Telesalud).
  • Profesionales y técnicos asistenciales de la salud de los Centros de Salud Mental Comunitarios.

¿Qué requisitos debo cumplir para recibir la bonificación extraordinaria?

Debes de tener en cuenta que para que puedas recibir esta bonificación tienes que cumplir algunos requisitos como estar registrado en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) a cargo de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas.

También en el Aplicativo Informático del Registro Nacional de Personal de la Salud (INFORHUS) del Ministerio de Salud.

¿Quiénes no recibirán la bonificación extraordinaria?

Cabe indicar que el personal contratado de manera temporal, que se encuentren laborando de remota quedarán excluidos de la entrega de la bonificación extraordinaria.

“El personal contratado de manera temporal en el marco de la emergencia sanitaria, bajo los alcances del Decreto Legislativo N° 1057, que ingresaron exceptuados del artículo 8 de la citada norma; el personal que se encuentra en la modalidad de trabajo remoto o trabajo mixto; y, los funcionarios públicos a los que se refiere el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, no se encuentran comprendidos en los alcances de la presente disposición”, indica el documento oficial.

¿Cuándo se realizará la entrega de la bonificación extraordinaria?

La entrega de esta bonificación extraordinaria se realizará entre los meses de marzo, abril y mayo del 2021.

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