¿Cómo poner una denuncia por desaparición?

Tras ola de secuestros y desapariciones, sepa cómo reportar una desaparición.

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Se debe de tener en cuenta los datos del denunciante y del desaparecido
Se debe de tener en cuenta los datos del denunciante y del desaparecido

En el pasado, cuando queríamos reportar a una persona desaparecía, teníamos que esperar hasta un día para poder hacer la denuncia ante la Policía Nacional del Perú. Sin embargo, ¿sabías que ya lo puedes hacer antes de las 24 horas?

El Decreto Legislativo Nº 1428, suscrito el 15 de setiembre del 2018, dispone la Policía Nacional del Perú (PNP) atenderá denuncias de desaparecidos sin esperar que transcurran las 24 horas.

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Este reglamento nos ayuda a agilizar y desarrollar con premura los casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad.

Asimismo, aborda la búsqueda y ubicación de personas desaparecidas, además del uso de mecanismos tecnológicos para organizar y difundir información sobre la denuncia.

Es importante precisar que cualquier persona natural o servidor público puede presentar una denuncia ante la PNP y hacerla en cualquier momento.

De esta manera, se busca optimizar el procedimiento de atención de denuncias por desaparición de personas, garantizando inmediatez, imparcialidad y efectividad en la atención de denuncias y acciones de difusión, investigación, búsqueda y ubicación de los desaparecidos.

Datos que debe contener tu denuncia

a. Datos del denunciante: Nombre completo, domicilio, número telefónico, documento nacional de identidad, carné de extranjería, pasaporte, permiso temporal de permanencia o cualquier otro documento de identidad.
b. Datos de la persona en situación de vulnerabilidad desaparecida: Nombre completo, sexo, nacionalidad, edad y otros aspectos relevantes para su búsqueda.
c. Circunstancias en las que desapareció la persona y/o se toma conocimiento de la desaparición.

La PNP tiene a su cargo la recepción y trámite de estas denuncias, bajo responsabilidad funcional. Asimismo, se encarga de ingresarla el Registro Nacional de Información de Personas Desaparecidas.

Para tener en cuenta

Se considera una persona desaparecida a aquella que se encuentra “ausente de su domicilio habitual y respecto del cual se desconoce su paradero”,se lee en el Decreto Legislativo Nº 1428 .

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Indica que una persona en situación de vulnerabilidad son aquellas quienes sufren discriminación o situaciones de desprotección, como niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, desplazados, migrantes internos, mujeres víctimas de violencia, integrantes de pueblos indígenas, entre otras personas que se encuentren en esta situación.

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