CONFIRMADO | Gobierno APRUEBA aguinaldo y bono escolaridad 2027 para este NUEVO GRUPO de trabajadores

El Poder Ejecutivo ha incluido en el Presupuesto Público 2027 un aguinaldo de S/ 300 por Fiestas Patrias y Navidad, junto a un bono escolaridad de S/ 400.

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Gobierno aprueba aguinaldo y bono escolaridad 2027 para este grupo nuevo de trabajadores.
Gobierno aprueba aguinaldo y bono escolaridad 2027 para este grupo nuevo de trabajadores. Crédito: Difusión

¡Buenas noticias! El Poder Ejecutivo ha contemplado dentro del Presupuesto Público 2027 la entrega del aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad, de S/ 300, así como el bono por escolaridad de S/ 400 destinada a la mayoría de trabajadores del sector público, excepto a aquellos que se encuentren bajo el régimen privado y los trabajadores CAS.

Bono escolaridad y aguinaldo 2027: Gobierno oficializa beneficios económicos para estos trabajadores

Dentro del Gobierno de Keiko Fujimori se ha incluido una serie de disposiciones para la entrega de aguinaldo y bono por escolaridad dentro del Presupuesto Público 2027. En esta normativa no se incluye a los trabajadores CAS, debido a que estos reciben gratificación desde la nueva Ley N.° 32563 junto a su respectivo reglamento, donde se incluyen los siguientes cambios económicos:

  • Los aguinaldos por Fiestas Patrias y Navidad, que se otorgan en la planilla de pagos correspondiente a julio y diciembre, respectivamente, cuyos montos ascienden, cada uno, hasta la suma de S/ 300.
  • La bonificación por escolaridad que se incluye en la planilla de pagos correspondiente a enero y cuyo monto asciende hasta la suma de S/ 400 será otorgada a los profesores y auxiliares de educación contratados dentro del marco de la Ley N.º 29944, Ley de Reforma Magisterial. El pago de la bonificación por escolaridad se incluye en la planilla de pagos del mes de junio.

Esto quiere decir que los pagos asignados solo aplicarán a los siguientes trabajadores del sector público; entre ellos se encuentran:

  • Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N.º 276, de la Ley N.º 29944 y de la Ley N.º 30512.
  • Los docentes universitarios a los que se refiere la Ley N.º 30220.
  • El personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N.º 1153.
  • Los obreros permanentes y eventuales del sector público.
  • El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
  • Los pensionistas de derecho propio a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley N.º 15117, de los Decretos Leyes N.º 19846 y N.º 20530, del Decreto Supremo N.º 051-88-PCM, de la Ley N.º 28091 y del Decreto Legislativo N.º 1133.
SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.

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