El elector en cola podrá ser obligado a ser miembro de mesa en ciertos casos

Por las Elecciones 2020, en caso de que el elector se rehúse, deberá pagar multa de 215 e incluso puede ser obligado por la fuerza pública.

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Electores haciendo cola por elecciones
Electores haciendo cola por elecciones

Los miembros de mesa, tanto titulares como suplentes, tienen el deber de acudir a los locales de votación para instalar las mesas de sufragio, sin embargo, en algunas ocasiones estas no se instalan por la ausencia de ellos. Así, el inicio de las Elecciones 2020, programada desde las 8 de la mañana, puede demorar horas después.

En caso falten los miembros de mesa titulares y no estén los suplentes para reemplazarlos, cabe preguntarse cuál es el procedimiento a seguir para instalar las mesas de sufragio y proceder con el deber cívico de voto.

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“Si con los miembros asistentes, titulares o suplentes, no se alcanza a conformar el personal de la mesa de sufragio, quien asuma la presidencia lo completa con cualquiera de los electores presentes”, indica el artículo 250 de la Ley Orgánica de Elecciones.

Es decir, los electores que se encuentren en el local de votación pueden conformar la mesa en ausencia de los miembros de mesa titulares y suplentes. Los electores elegidos por las autoridades que se encuentren en el local de votación no pueden negarse, de lo contrario recibirán una multa de 215 soles y, si lo amerita, puede intervenir la fuerza pública.

En ese marco, los coordinadores de mesa están habilitados para pedir los DNI y nombres de los electores que designen para ser miembros de mesa, según información de la ONPE en respaldo de la Ley Orgánica de Elecciones.

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¿Qué sucede si no voto o no cumplo como miembro de mesa?

El voto es obligatorio para todos los ciudadanos peruanos a partir de los 18 años. El sufragio es facultativo para los mayores de 70 años. Los ciudadanos que no acudan a la votación tendrán que pagar una multa que oscila entre los 21 y 86 soles, la que será determinada por la localidad y el nivel de pobreza de los votantes.

En cuanto a los miembros de mesa, si el titular o suplente no asiste a su deber tendrán que pagar una multa de 215 soles por omiso a la instalación de mesa; además, dicha multa incrementará si es que también no acude a votar.

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