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HOY

Ni demanda ni sentencia judicial: Esta es la CARTA MÁS SENCILLA del IRS que activa los embargos AUTOMÁTICAMENTE

Si no atiendes este documento y actúas rápidamente, podrías evitar las consecuencias financieras, que pueden ser mucho más graves en Estados Unidos.

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La carta más sencilla del IRS que activa los embargos rápidamente.

Los contribuyentes creen que el embargo de una cuenta bancaria o de una propiedad solamente puede producirse después de una demanda judicial o una orden emitida por un juez. Sin embargo, pocos saben que, en materia tributaria federal, existe un proceso mucho más sencillo que puede iniciar acciones de cobro forzoso sin necesidad de pasar por un tribunal.

Se trata del Aviso Final de Intención de Embargo (Final Notice of Intent to Levy), uno de los documentos más importantes que envía el Servicio de Impuestos Internos (IRS) a una persona con deudas fiscales pendientes.

El aviso final del IRS que nadie debe ignorar

Ten en cuenta que el Aviso Final de Intención de Embargo es la última advertencia formal que envía el IRS antes de iniciar las medidas de cobro sobre los bienes del contribuyente. En el documento, la agencia informa que:

  • El monto de la deuda tributaria pendiente.
  • Los intereses y multas acumuladas.
  • La intención de embargar bienes si no se regulariza la situación.
  • Los derechos que conserva el contribuyente.

Si recibes esta carta, significa que el caso ya se encuentra en una etapa avanzada de cobro y que será más difícil evitar sus efectos.

IRS activa embargos automáticos a los que no respondan a tiempo

Luego de recibir el Aviso Final de Intención de Embargo, el contribuyente generalmente dispone de 30 días para:

  • Pagar la deuda
  • Solicitar una audiencia administrativa
  • Negociar un plan de pagos
  • Presentar objeciones legales

En el caso de que no realices ninguna acción dentro de ese plazo, el IRS puede avanzar con medidas de cobro forzoso.

En qué situaciones el IRS puede liberar cuentas bancarias y bienes

La sanción podría quedar sin efecto cuando se presente alguna de las siguientes situaciones:

  • Se liquidó la deuda
  • El período para cobrar el impuesto venció antes de la emisión del embargo
  • La liberación del embargo le permitiría pagar los impuestos
  • Se estableció un plan de pagos a plazos y se acordó liberar el embargo
  • La penalización podría impedir al contribuyente saldar los gastos básicos del día a día
  • El valor de la propiedad es mayor que la cantidad adeudada
SOBRE EL AUTOR:

Licenciada en Periodismo, con conocimientos como Analista Digital y experiencia en Marketing Digital. Amante de la actualidad, sociedad y tendencias de salud y livestyle.

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