
Si actualmente vives en Estados Unidos y tienes asuntos pendientes con el Servicio de Impuestos Internos (IRS), existe un trámite que no puedes postergar, debido a que, si lo haces, podrías terminar con tus cuentas bancarias congeladas y tus bienes embargados.
Es un trámite que muchas personas pasan por alto, ya sea por falta de información, miedo a equivocarse o simple desidia. Sin embargo, el gobierno toma muy en serio la cobranza de sus deudas. Ignorarlo no solo puede generarte multas e intereses, sino también activar procesos de cobro forzoso.
Si recibes una factura del IRS con el título Aviso final de intención de embargo y su derecho a una audiencia (Final Notice of Intent to Levy and Notice of Your Right to A Hearing), tienes que comunicarte con la agencia de inmediato, pues no hacerlo o postergarlo puede provocar el embargo de tus cuentas bancarias y bienes.
Por lo tanto, si recibes este documento, tienes que comunicarte con el IRS de inmediato. Llama al número de teléfono anotado en tu aviso. Estos son:
Ten en cuenta que, antes de proceder con un embargo, el IRS envía un aviso final de intención de embargo. A través de este documento, la agencia precisa cuál es la deuda que continúa pendiente y otorga un plazo de 30 días para que la persona responda o ponga sus cuentas en orden.
Si lo ignoras o no respondes, el caso pasa al sistema de cobro activo (ACS) y se habilita el embargo sin nuevas advertencias.
El IRS señala que puedes evitar el embargo si realizas estas acciones:
El IRS puede liberarte del embargo si se establece que:
Por último, la liberación del embargo no significa que ya no tienes que pagar el saldo pendiente. Todavía debes establecer un plan con el IRS para liquidar tu deuda; de lo contrario, se podría volver a emitir el embargo, según lo señalado en la web de la agencia.
Licenciada en Periodismo, con conocimientos como Analista Digital y experiencia en Marketing Digital. Amante de la actualidad, sociedad y tendencias de salud y livestyle.