
Recientemente, el programa de Estatus Especial para Jóvenes Inmigrantes (SIJ) estableció nuevos lineamientos específicos para los menores extranjeros que han sufrido abuso, abandono o negligencia. Los ajustes entrarán en vigor el próximo 10 de mayo e impactarán en los tiempos y procesos de quienes buscan acceder a este beneficio migratorio.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis) informó que el cambio central radica en que los solicitantes bajo SIJ ya no podrán avanzar al ajuste de estatus sin disponibilidad de visa tras la aprobación del Formulario I-360. Ahora, deberán esperar a que exista una visa disponible en la categoría EB-4.
Asimismo, la residencia permanente solo podrá solicitarse a través del Formulario I-48 cuando le fecha de prioridad está vigente, de acuerdo al boletín del Departamento de Estado. Esto impacta directamente en el flujo del proceso, debido a que incluye una etapa de espera obligatoria que antes no afectaba a todos por igual.
Aquellas solicitudes que fueron ingresadas antes del 10 de mayo también se verán afectadas si aún no cuentan con una visa disponible. El Uscis indicó que la elegibilidad para presentar el Formulario I-485 dependerá estrictamente de la disponibilidad de visas, sin excepciones por fecha de solicitud inicial.
Esto quiere decir que muchos de los casos aprobados en etapas previas quedarían en pausa hasta que el sistema libere los cupos dentro de la categoría correspondiente.
Por último, pese a los ajustes en tiempos y disponibilidad de visas, los requisitos establecidos del SIJ no presentan modificaciones. El solicitante tiene que ser menor de 21 años, no estar casado y presentar una orden judicial estatal que confirme el abuso, la negligencia o el abandono, además de la imposibilidad de reunificación con uno o ambos padres.
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