Este lunes, la Corte Constitucional de Colombia despenalizó parcialmente el aborto, permitiendo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 24 semanas de gestación (6 meses). El alto tribunal tomó la histórica decisión tras intenso debate de más de ocho horas.
Hasta ahora, el Código Penal consideraba legal el aborto en casos como: violación o incesto, malformación fetal, o cuando el embarazo constituya un riesgo para la vida o la salud de la mujer. Asimismo, quien se haga un aborto y quien lo practique, por fuera de estos tres escenarios, cometía un delito.
La Corte Constitucional colombiana dio un giro a esta norma y concluyó así el debate sobre las dos demandas que pedían que se despenalice la práctica y ponen el derecho al aborto.
Una de estas demandas fue interpuesta por el Movimiento Causa Justa, que busca que “ninguna mujer vaya a la cárcel por decidir sobre su cuerpo y para que las profesionales de la salud puedan ejercer su oficio sin criminalización ni estigmas”.
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Según la organización, al fallar a favor de eliminar el aborto como un delito, la Corte lograría un reconocimiento a la “libertad y autonomía de las mujeres para decidir sobre sus cuerpos y proyectos de vida, características fundamentales de una ciudadanía plena”.
La otra demanda fue interpuesta por el abogado Mateo Sánchez en 2020, en medio de un contexto social en Colombia en el que se discutía la penalización total del aborto y proyectos de ley en el Congreso para este mismo fin.
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