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Conoce cuánto se recibirá de aguinaldo por Fiestas Patrias 2023 para los pensionados en Chile

Queda muy poco para la entrega del aguinaldo a los pensionados. La cantidad genera expectativas en los ciudadanos.

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Conoce cuánto se recibirá de aguinaldo por Fiestas Patrias para los pensionados | El Popular | Red News

Comienza agosto y los ciudadanos chilenos lo saben, pues se da el pago del aguinaldo para los pensionados por celebración de Fiestas Patrias en Chile. El 18 de septiembre es una fecha de suma importancia el país que lidera Gabriel Boric.

Para este 2023, se anuncia que se tendrá la entrega de un importante monto que ofrece el Instituto de Previsión Social (IPS).

Podrás ver dentro de la nota:

  • ¿Cuánto de dinero entrega el aguinaldo de Fiestas Patrias para los pensionados?
  • ¿Cuándo se realiza el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias?
  • ¿Quiénes pueden recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados?

¿Cuánto de dinero entrega el aguinaldo de Fiestas Patrias para los pensionados?

Para este 2023, el aguinaldo por Fiestas Patrias entregará un monto de $23.261 por cada beneficiario. A ello, se le suma $11.933 por cada carga familiar que tenga el pensionado y lo tendrá plazo de acreditarlo hasta el 31 agosto del 2023, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar.

Es importante señalar que el aguinaldo de Fiestas Patrias no tiene descuentos. Asimismo, no se considera el pago de impuestos ni cotizaciones previsionales y/o salud.

¿Cuándo se realiza el pago del aguinaldo por Fiestas Patrias?

El pago del aguinaldo por Fiestas Patrias se realiza en septiembre, pero la fecha de pago dependerá de la condición de cada pensionado y pensionada.

Según informa el IPS, este aporte se paga junto a la pensión de septiembre, por lo que la fecha puede variar en cada persona, pero te recomendamos ingresar a la página web con RUT para consultar.

¿Quiénes pueden recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias para pensionados?

Las personas que podrán recibir el aguinaldo por Fiestas Patrias serán los adultos mayores que hasta el 31 de agosto del 2023 estén en alguna de las siguientes situaciones:

  • Personas pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Que sean pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas que estén pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley N° 19.234.
  • Pensionados de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744.
  • Personas que estén pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley N° 19.123 (Rettig) y Ley N° 19.992 (Valech).
  • Pensionados de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2022, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Que sean beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.
SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.