El Estado peruano anunció el pago de dos importantes bonos, uno de S/820 y otro de hasta S/2.070, destinados a apoyar a las personas más vulnerables del país. Estos beneficios están diseñados para cubrir situaciones clave en la vida de los peruanos y sus familias, con el objetivo de aliviar cargas económicas significativas. Los pagos serán entregados por EsSalud en septiembre. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.
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EsSalud ofrece un subsidio de 820 soles para cubrir los gastos iniciales del cuidado de recién nacidos, destinado a las madres o beneficiarios de hijos de asegurados, siempre que se cumplan con los aportes requeridos por la institución.
Asimismo, también se otorga un bono de hasta S/2.070 para cubrir los costos funerarios de un asegurado fallecido. Este apoyo económico puede ser solicitado por familiares directos o cualquier persona que demuestre haber cubierto los gastos del sepelio.
FOTO: Andina.
Para recibir uno de los bonos otorgados por EsSalud, los afiliados deben cumplir con ciertos requisitos para ser incluidos en el padrón de beneficiarios. En el caso del subsidio por nacimiento, se exige que el asegurado titular haya contribuido durante tres meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos en los seis meses anteriores al parto, y que el recién nacido esté inscrito como derechohabiente.
Por otro lado, para el subsidio por sepelio, el asegurado fallecido debe haber realizado contribuciones por el mismo período en los seis meses previos a su fallecimiento. Todos los detalles puedes encontrarlo en página oficial de EsSalud, ingresando AQUÍ.
Para solicitar el bono de S/820 o S/2.070, es necesario cumplir con algunos requisitos y presentar la documentación correspondiente. Primero, se debe descargar el Formulario 1040 desde la página web oficial o recogerlo en una oficina. Este formulario debe ser llenado con la información del asegurado titular y del beneficiario, ya sea por nacimiento o fallecimiento.
Además, es importante adjuntar documentos adicionales, como el DNI del asegurado, el del recién nacido o los recibos originales de los gastos funerarios, según corresponda. Finalmente, toda la documentación debe ser presentada en una agencia de EsSalud dentro del plazo establecido para cada caso, con el fin de gestionar correctamente el subsidio.
Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.