El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) dio a conocer que en el caso que un usuario no esté conforme al monto que figura en su recibo, ya sea de servicio móvil, telefonía fija, internet o televisión pagadas, cuenta con el derecho de presentar un reclamo por la facturación en la empresa operadora en la que está afiliado.
A continuación te damos a conocer los detalles más importantes brindados por Osiptel sobre los reclamos a recibos de teléfono o internet. Aquí sabrás lo que debes hacer como usuario.
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Los clientes pueden hacer sus respectivos reclamos al no estar de acuerdo con alguna cantidad de dinero reflejada en un recibo de teléfono o internet. Además, corresponde hacerlo cuando haya desacuerdos por requerimientos de pago en relación al cálculo de los consumos facturados, la inclusión de servicios adicionales, cargos por reconexión, promociones, paquetes o conceptos no contratados, entre otros.
La directora de Atención y Protección del Usuario de Osiptel, Tatiana Piccini Anton, indicó: “Como parte del procedimiento, las empresas operadoras deberán brindar al usuario un código de reclamo como constancia de presentación del mismo, independientemente si el trámite se ha realizado a través del canal de atención presencial, telefónico o virtual”.
La empresa en la que se realice el reclamo contará hasta con 15 días hábiles para contestar, cuando el monto sea de hasta 0.5 % del valor de la unidad impositiva tributaria (UIT), que en este año equivale a S/ 24.75 soles; para el caso de montos superiores a 0.5 % del valor de la UIT. Asimismo, se tiene que considerar el plazo máximo de 5 días hábiles para notificar la respuesta por parte de la empresa operadora en el domicilio del usuario o por medio de correo electrónico si de esa forma lo autorizó.
"En ningún caso, las empresas operadoras podrán condicionar la presentación del reclamo al pago previo de todo el recibo. Eso está prohibido", así lo precisó la funcionaria. Asimismo, detalló que, si el usuario pagó el importe del recibo en reclamo y el caso es declarado fundado, esto quiere decir, en favor del usuario, se le tiene que devolver el monto ya pagado.
Además, es necesario indicar que el usuario solo debe pagar por el monto no reclamado (monto con el que está conforme) mientras el reclamo se encuentre en trámite.
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"Los usuarios tienen hasta un año, contados después de la fecha del vencimiento del recibo, para formular un reclamo por facturación", declaró Piccini. Asimismo, podrán efectuar el reclamo hasta un año después de que la empresa operadora hizo el requerimiento de cobro por el concepto reclamado o de notificado el documento donde se determina el cobro de los montos supuestamente adeudados.
Por otro lado, Al no estar conforme con la respuesta al reclamo por facturación, los clientes pueden presentar un recurso de apelación a la empresa operadora, esta contará hasta con cinco días hábiles para enviarlo al Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos de Usuarios (TRASU) del OSIPTEL. El Tribunal, como segunda y última instancia en la vía administrativa, tendrá que resolver el recurso de apelación hasta en 25 días hábiles y contará con un máximo de cinco días hábiles para notificar su respuesta.
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.