En el sistema privado de pensiones (SPP), los aportantes no solo cuentan con una pensión a la hora de jubilarse, sino también pueden proteger de forma económica a su familia en el caso que fallezca, siempre y cuando haya aportado al menos cuatro de ocho meses previos al fallecimiento.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) confirmó, por medio de su portal web, que ante el fallecimiento del afiliado, los sobrevivientes cuentan con el derecho de recibir una pensión. Esta se denomina pensión de sobrevivencia y se otorga a quienes acrediten ser beneficiarios. A continuación te damos a conocer quiénes son los beneficiados con la pensión de sobrevivencia, qué documentos debe presentar para acceder al pago, entre otros detalles relacionados.
Puedes encontrar dentro de la nota:
La institución confirmó que los beneficiarios son:
La documentación tiene que presentarse a la AFP para que se pueda validar el vínculo con el fallecido. Además, cabe indicar que una vez el afiliado haya fallecido se cuenta con un plazo de 90 días para continuar con el trámite.
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Cónyugue
Concubino (a)
Hijos no natos
Hijos menores de 18 años
Hijos mayores de 18 años declarados con invalidez total permanente para el trabajo
Hijos mayores de 18 años que siguen en forma ininterrumpida y de manera satisfactoria estudio de nivel básico o superior
Padre o madre declarados con invalidez padre de 60 años o madre de 55 años que hayan dependido del afiliado.
Los beneficiarios se tienen que presentar y suscribir ante la AFP, entregando una copia de la documentación que acredita su condición como tales, además de los que te mostramos a continuación:
Conformidad de la solicitud de pensión: cuando se entrega la documentación, la AFP verificará la cobertura del seguro previsional y evaluará si acepta o rechaza la solicitud.
Solicitud de cotizaciones: los beneficiaros solicitan el cálculo de diferentes modalidades de pensión.
Presentación de cotizaciones: las AFP y compañías de seguro presentan las ofertas de las diferentes modalidades de pensión.
Elección de modalidad de pensión: los beneficiarios se ponen de acuerdo y elijen la AFP o aseguradora que les conviene.
Pago de la pensión: la AFP o Compañía de seguro efectúan el pago de la pensión de sobrevivencia correspondiente.
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.