Cuándo se cobra la CTS | Te explicamos si pueden embargarte el dinero por tener un juicio de alimentos. La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es uno de los beneficios laborales con el que cuenta un trabajador que está registrado en planilla, el dinero correspondiente se les deposita dos veces al año, en mayo y noviembre, respectivamente.
A continuación te daremos a conocer qué sucede con el dinero de la CTS en caso el empleado esté bajo una demanda por pensión alimenticia.
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En el caso que el trabajador se encuentre en pleno juicio por alimentos, debe tener en cuenta que existe un riesgo al contar con esta demanda en contra, ya que podría afectar el dinero acumulado en parte de su CTS.
En palabras de los especialistas, sí hay una posibilidad de embargo del dinero de la CTS a causa de juicio por alimentos.
El dinero que se le deposita será trabado por el Juez de familia, quien tiene el conocimiento del proceso de alimentos.
Si se conoce que el empleado cuenta con un proceso por alimentos, el empleados debe informar al juzgado, bajo responsabilidad y de inmediato, sobre el depositario elegido por el trabajador demandado y los depósitos que realice, de igual forma cualquier cambio de depositario.
Cabe resaltar que la única CTS que el empleador puede afectar con algún embargo por alimentos es la CTS que se deposita al cese.
Conforme lo indica la Ley de Trabajo, las empresas tienen como fecha límite el 15 de mayo para poder realizar el depósito del dinero a las cuentas de sus trabajadores, el monto corresponde a medio sueldo.
El Congreso de la República dictaminó que los empleados tienen la posibilidad de retirar el dinero de su CTS. Antes este beneficio era intangible hasta que el trabajador llegue a juntar cuatro sueldos o quede sin empleo. La opción de retiro que decretó el Legislativo será hasta el 31 de diciembre de 2023.
Los empleados que laboren desde hace un semestre, cuenta con los beneficios de la CTS, así solo haya trabajado un mes.
Los expertos señalan que la CTS corresponde en una relación de 1/12 por cada mes completo trabajado en el semestre respectivo, más 1/6 de la gratificación pagada en ese semestre.
En caso se quiera calcular la CTS a 6 meses, el empleado tiene que realizar la siguiente fórmula:
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.