
Los trabajadores peruanos que reciben la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) deben prestar atención a una fecha clave.
Aunque actualmente pueden retirar el 100% de sus fondos, este beneficio extraordinario tiene los días contados.
La Ley N.º 32322 establece que la libre disposición total estará vigente únicamente hasta el 31 de diciembre de 2026.
Los trabajadores comprendidos en la norma podrán disponer de todo el dinero acumulado en sus cuentas CTS hasta el último día de diciembre de 2026, sin necesidad de haber perdido su empleo.
Además, las empresas tienen plazo hasta el lunes 16 de noviembre para realizar el segundo depósito de CTS del año, correspondiente al periodo mayo-octubre. Esto permitirá que los beneficiarios también puedan retirar ese nuevo abono antes de que termine 2026.
A partir del 1 de enero de 2027, la libre disposición general se reducirá al 50% de los fondos CTS, salvo que se apruebe una nueva modificación legal.
Por ejemplo, un trabajador que tenga S/2.000 acumulados podría disponer libremente de hasta S/1.000, mientras que el resto permanecería como protección económica frente al desempleo.
La legislación también contempla el retiro del 100% para trabajadores con diagnóstico acreditado de cáncer o enfermedad terminal.

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| Periodo | Retiro permitido |
|---|---|
| Hasta el 31 de diciembre de 2026 | 100% de la CTS |
| Desde el 1 de enero de 2027 | Hasta el 50% de libre disposición |
| Casos especiales previstos por ley | 100% con acreditación correspondiente |
Importante: el cambio afecta a la disponibilidad del dinero, no al derecho de los trabajadores que cumplen los requisitos a recibir su depósito CTS.
Licenciada en Comunicación y Periodismo. Redactora de actualidad con experiencia en contenido digital, conducción y reportería. Interesada en el periodismo multiplataforma, artes y la comunicación cercana.