¿Eres trabajadora del hogar? Sunafil recuerda que deben pagarte CTS, GRATIFICACIONES y otros beneficios: revisa AQUÍ

Sunafil recordó los derechos laborales del personal doméstico y advirtió qué prácticas están prohibidas para los empleadores.

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Revisa qué pagos y derechos te corresponden por ley.
Revisa qué pagos y derechos te corresponden por ley. Fuente: Difusion - Crédito: Composición EP

Las trabajadoras y los trabajadores del hogar tienen derecho a beneficios que sus empleadores deben respetar. La Sunafil recordó cuáles son estas obligaciones y advirtió que también está prohibido el trato discriminatorio.

¿Qué beneficios reciben las trabajadoras del hogar?

Entre los principales derechos reconocidos figuran:

  • Gratificaciones: por Fiestas Patrias y Navidad.
  • CTS: depósitos dentro de los primeros 15 días de mayo y noviembre.
  • Vacaciones: 30 días calendario remunerados por año, si cumplen los requisitos legales.
  • Salud y pensiones: afiliación a EsSalud y a un sistema pensionario.
  • Descansos remunerados: incluyen los feriados establecidos por ley.

También cuentan con protección por maternidad y descanso pre y posnatal de 98 días calendario, conforme a las normas aplicables.

¿Qué no puede exigir el empleador?

Sunafil recordó que no se puede obligar al personal doméstico a utilizar uniformes, mandiles o prendas que lo identifiquen como trabajador del hogar en espacios públicos. Tampoco se le puede exigir actuar contra sus valores o prácticas culturales y religiosas.

Además, la alimentación y el alojamiento que correspondan por las condiciones de trabajo no forman parte del sueldo ni deben descontarse de la remuneración.

SOBRE EL AUTOR:

Licenciada en Comunicación y Periodismo. Redactora de actualidad con experiencia en contenido digital, conducción y reportería. Interesada en el periodismo multiplataforma, artes y la comunicación cercana.

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